Revista Científica de UCES
Vol. 29 N°2 (Julio - Diciembre de 2024)
ISSN Electrónico: 2591-5266
(pp. 1-17)
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La coexistencia entre el Derecho Natural y el Positivismo en Brasil y Argentina: Impactos
Filosóficos y desafíos Contemporáneos
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Claudio Nunes
2
c.n_adv@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0001-5923-5838
Artículo presentado para su publicación el día 16 de junio de 2024
Articulo aceptado para su publicación el día 4 de julio de 2024
ARK/CAICYT: https://id.caicyt.gov.ar/ark:/s25915266/5wpn3d4e2
RESUMEN
Este artículo analiza la coexistencia del derecho natural y el positivismo en los sistemas
jurídicos de Brasil y Argentina, explorando cómo estas corrientes influyen en la creación e
interpretación de normas, especialmente en la protección de derechos fundamentales. La hipótesis
plantea que, aunque el juspositivismo domina en la creación normativa, el jusnaturalismo
desempeña un papel crucial en la interpretación jurídica relacionada con la justicia social y los
derechos humanos.
A través de una metodología cualitativa y documental, se examinan textos constitucionales,
decisiones judiciales y doctrinas filosóficas para mapear las influencias históricas y evaluar su
impacto en las Constituciones de ambos países. Los resultados destacan que el juspositivismo
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Articulo aceptado para su publicación el día 4 de julio de 2024
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Abogado, Posgrado en Procedimiento Civil, Derecho Laboral y Derecho de Condominio. Estudiante de
Maestría en Relaciones Internacionales en la UDE - Uruguay. Estudiante de Doctorado en la UCES - Argentina.
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prevalece en la estructuración de los sistemas jurídicos, mientras que el jusnaturalismo ha ganado
protagonismo en temas de derechos humanos, como se observa en la Constitución de Brasil de 1988
y la reforma constitucional argentina de 1994.
Se concluye que es necesario equilibrar el rigor positivista con los valores éticos del
jusnaturalismo para enfrentar desafíos como la globalización y la creciente demanda de derechos
sociales.
ABSTRACT
This article analyzes the coexistence of natural law and positivism within the legal systems of
Brazil and Argentina, exploring how these schools of thought influence the creation and
interpretation of norms, especially in protecting fundamental rights. The hypothesis suggests that
while legal positivism dominates norm creation, natural law plays a crucial role in legal
interpretation, particularly concerning social justice and human rights.
Using a qualitative and documentary methodology, the study examines constitutional texts,
judicial decisions, and philosophical doctrines to map historical influences and evaluate their impact
on constitutional frameworks. The results reveal that legal positivism prevails in structuring legal
systems, but natural law has gained prominence, especially in human rights issues. For instance,
Brazil's 1988 Constitution integrates natural law principles such as human dignity, which guide legal
interpretation. Similarly, Argentina’s 1994 constitutional reform reinforced human rights influenced
by natural law principles.
The conclusion emphasizes the need to balance the rigor of legal positivism with the ethical
values of natural law to ensure justice and protect fundamental rights. It recommends that legal
interpretations incorporate universal principles of justice to address contemporary challenges, such
as globalization and increasing demands for social rights.
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RESUMO
Este artigo analisa a coexistência do direito natural e do positivismo nos sistemas jurídicos
do Brasil e da Argentina, explorando como essas correntes influenciam a criação e a interpretação
das normas, especialmente na proteção dos direitos fundamentais. A hipótese sugere que, embora o
positivismo jurídico domine a criação normativa, o direito natural desempenha um papel crucial na
interpretação jurídica, particularmente em questões relacionadas à justiça social e aos direitos
humanos.
Com uma metodologia qualitativa e documental, o estudo examina textos constitucionais,
decisões judiciais e doutrinas filosóficas para mapear influências históricas e avaliar seu impacto nas
constituições. Os resultados indicam que o positivismo jurídico prevalece na estruturação dos
sistemas jurídicos, mas o direito natural tem ganhado destaque, especialmente em questões de
direitos humanos. Por exemplo, a Constituição de 1988 do Brasil incorpora princípios do direito
natural, como a dignidade da pessoa humana, que orientam a interpretação das normas. De forma
semelhante, a reforma constitucional de 1994 na Argentina reforçou os direitos humanos, também
influenciados por princípios do direito natural.
A conclusão destaca a necessidade de equilibrar o rigor do positivismo jurídico com os
valores éticos do direito natural para garantir a justiça e a proteção dos direitos fundamentais.
Recomenda-se que as interpretações jurídicas considerem princípios universais de justiça para
enfrentar os desafios contemporâneos, como a globalização e o aumento da demanda por direitos
sociais.
Introducción
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El estudio del derecho requiere comprender las principales corrientes filosóficas que han
moldeado la forma en que las sociedades estructuran y aplican sus normas. Entre estas, el derecho
natural y el positivismo jurídico son dos perspectivas fundamentales que ofrecen visiones
contrastantes sobre el origen, la naturaleza y la función del derecho. En Brasil y Argentina, ambas
corrientes han influido significativamente en la construcción de los sistemas jurídicos y en el
desarrollo de sus Constituciones. No obstante, su coexistencia plantea desafíos importantes para la
interpretación y aplicación de las normas, particularmente en la protección de los derechos
fundamentales y la promoción de la justicia social.
La interacción entre el derecho natural y el positivismo genera una tensión constante en los
sistemas jurídicos de estos países. Esta tensión se manifiesta especialmente en cuestiones
relacionadas con derechos humanos, igualdad y dignidad, aspectos esenciales para la justicia social,
pero que no siempre encuentran respaldo en las normas positivas. Esto plantea una pregunta
crucial: ¿cómo equilibran los sistemas jurídicos de Brasil y Argentina las influencias del derecho
natural y del positivismo, y cuál de estas corrientes predomina en la práctica jurídica
contemporánea?
La hipótesis central de este estudio es que, aunque el juspositivismo sigue siendo la base
predominante para la creación normativa en ambos países, el jusnaturalismo desempeña un papel
creciente en la interpretación de las leyes, especialmente en temas vinculados a los derechos
humanos y la justicia social. Este fenómeno se ve impulsado por desafíos contemporáneos, como la
globalización y el incremento en la demanda de una protección más amplia de los derechos
fundamentales.
El objetivo general de esta investigación es analizar cómo conviven el derecho natural y el
positivismo en los sistemas jurídicos de Brasil y Argentina, evaluando su influencia en la creación de
normas, la interpretación jurídica y la garantía de los derechos fundamentales. A través de un
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enfoque cualitativo y documental, este estudio busca contribuir al entendimiento de la interacción
entre estas corrientes y proponer formas de equilibrar el rigor normativo con los valores éticos
necesarios para una justicia más inclusiva.
Metodología
La investigación adoptó un diseño descriptivo, explicativo y correlacional con un enfoque
documental y cualitativo. El carácter descriptivo se centra en mapear las corrientes filosóficas del
derecho natural y el positivismo en el contexto jurídico de Brasil y Argentina, mientras que el
enfoque explicativo busca identificar y analizar las interrelaciones entre ambas corrientes y su
impacto en la interpretación y aplicación del derecho. La dimensión correlacional examina la relación
entre estas corrientes y su influencia práctica en la legislación y jurisprudencia de los dos países.
Enfoque y Técnicas
El enfoque cualitativo predominante permitió un análisis teórico e interpretativo de textos
jurídicos y filosóficos, con énfasis en comprender las dinámicas de coexistencia entre el derecho
natural y el positivismo. Las técnicas aplicadas incluyeron el análisis de contenido de fuentes
primarias, como textos constitucionales y decisiones judiciales, junto con una revisión bibliográfica
exhaustiva de obras clave en la materia.
Instrumentos
Los datos fueron recolectados a partir de fuentes documentales y bibliográficas, como libros
de doctrina, artículos académicos, decisiones judiciales de tribunales superiores de Brasil y
Argentina, y análisis de tratados internacionales de derechos humanos incorporados a las
Constituciones de ambos países. Estos instrumentos fueron seleccionados por su relevancia para
identificar la presencia e influencia de las corrientes filosóficas en la legislación y en la interpretación
jurídica.
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La metodología empleada garantiza un análisis integral y crítico, aunque es importante
reconocer que la naturaleza cualitativa de este enfoque podría limitar la generalización de los
hallazgos. Para mitigar esta limitación, se priorizó la triangulación de datos a través de diversas
fuentes y enfoques analíticos.
1.2. Principales estudiosos e Influencias en Brasil
En Brasil, el derecho natural ha tenido una influencia notable, encabezada por pensadores
como Miguel Reale, José Afonso da Silva y Paulo Bonavides. Reale (2002) argumenta que el derecho
no puede desligarse de los valores éticos, y que el derecho natural ofrece una base crítica frente a
abusos del derecho positivo. Silva (2017) sostiene que ciertos derechos humanos, inalienables por
naturaleza, deben protegerse más allá de la legislación positiva, un enfoque que refuerza la
relevancia del derecho natural en temas constitucionales.
Bonavides (2012) resalta que la justicia trasciende las normas positivas, sugiriendo que los
derechos fundamentales son expresiones de principios universales. Autores contemporáneos, como
Lenio Streck (2018), continúan esta tradición al utilizar el derecho natural como herramienta para
criticar interpretaciones legales restrictivas, promoviendo principios de justicia que superan el marco
normativo formal. Estas contribuciones consolidan al derecho natural como un referente esencial en
debates sobre derechos fundamentales y justicia social en Brasil.
1.3. Principales Adoctrinadores e Influencias en Argentina
En Argentina, el derecho natural también desempeñó un papel central en la configuración
del pensamiento jurídico. Juan Bautista Alberdi, en "Bases y puntos de partida para la organización
política de la República Argentina", enfatizó que los derechos fundamentales son anteriores al
Estado, reflejando una clara influencia del derecho natural (Alberdi, 2002). Carlos Cossío, con su
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teoría egológica del derecho, propuso que las leyes deben guiarse por principios éticos que
trascienden las normas positivas, alineándose con esta tradición filosófica (Cossio, 1974).
Rodolfo Vigo, en "Iusnaturalismo vs. Iuspositivismo", busca conciliar ambas corrientes,
defendiendo que el derecho debe fundamentarse en valores éticos superiores (Vigo, 2007).
Asimismo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina ha recurrido a principios del derecho
natural para resolver casos relacionados con la dignidad humana y los derechos fundamentales.
Autores contemporáneos como Ricardo Guibourg (2015) destacan la importancia del derecho
natural como crítica al positivismo estricto, especialmente en cuestiones de justicia social.
1.4. El Papel del Derecho natural en la Legislación y Jurisprudencia
En Brasil, el derecho natural ha influido profundamente en la legislación, particularmente en
la Constitución de 1988. Este texto constitucional consagra derechos inherentes a la condición
humana, como la dignidad, la vida y la libertad (Silva, 2017). En el ámbito judicial, el Supremo
Tribunal Federal (STF) ha recurrido a principios del derecho natural para decidir casos clave
relacionados con derechos fundamentales. Por ejemplo, en decisiones sobre salud y educación, el
STF afirmó que estos derechos, esenciales para la dignidad humana, son inalienables, incluso frente
a la omisión legislativa (Streck, 2018).
En Argentina, la jurisprudencia también refleja la influencia del derecho natural. La Corte
Suprema, en el emblemático caso "Simón" (2005), declaró inconstitucionales las leyes de amnistía
para crímenes de lesa humanidad, argumentando que estos delitos violaban derechos naturales e
inalienables (Vigo, 2007). Asimismo, la Constitución de 1994 incorporó tratados internacionales de
derechos humanos basados en principios del derecho natural, como la igualdad y la libertad,
reflejando la primacía de estos valores éticos sobre las leyes positivas (Guimarães, 2010).
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En ambos países, el derecho natural sirve como guía para garantizar que el derecho positivo
se alinee con valores éticos universales, reforzando su papel en la protección de los derechos
humanos y en la crítica de las normas legales que contradigan estos principios fundamentales.
2. Juspositivismo en Brasil y Argentina
El juspositivismo, también conocido como positivismo jurídico, es una corriente filosófica
que defiende la separación entre el derecho y la moral. Según esta visión, la validez de una norma
jurídica no depende de su conformidad con principios éticos o morales, sino de su creación según
procedimientos legales establecidos por una autoridad competente, generalmente el Estado. Para
los juspositivistas, el derecho es un conjunto de normas que regula la vida en sociedad,
independientemente de juicios externos sobre su justicia o moralidad (Kelsen, 2009; Diniz, 2006).
Hans Kelsen, uno de los máximos exponentes del juspositivismo, argumentó que el derecho
debe ser analizado sin la influencia de valores morales, políticos o religiosos. Su "Teoría Pura del
Derecho" sostiene que el derecho positivo es autosuficiente y debe ser considerado dentro de su
propio ordenamiento jurídico, sin necesidad de recurrir a principios externos para validar las normas
(Kelsen, 2009).
En Brasil y Argentina, el juspositivismo ha tenido una profunda influencia en la
estructuración de los sistemas jurídicos. En particular, se ha subrayado la función de los juristas,
quienes deben interpretar y aplicar las normas de manera objetiva y literal. Este enfoque busca
asegurar la previsibilidad y la seguridad jurídica, elementos clave para el funcionamiento de un
Estado de Derecho (Bobbio, 1995).
En ambos países, la prevalencia del juspositivismo se refleja en las prácticas legales y la
organización institucional, aunque no está exento de críticas. Algunos consideran que este enfoque
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puede ser insuficiente para abordar cuestiones éticas y de justicia social que van más allá de la
simple legalidad formal.
2.2. Desarrollo del Juspositivismo en Brasil
En Brasil, el juspositivismo se consolidó durante la formación del Estado moderno,
especialmente con la promulgación de las primeras Constituciones republicanas. La Constitución de
1891, inspirada en los modelos liberales y positivistas europeos, estableció al Estado como el
principal creador de las leyes, afirmando que el derecho debía ser respetado por todos los
ciudadanos sin importar su contenido moral (Bonavides, 2012).
El positivismo jurídico en Brasil fue influenciado por pensadores como Tobias Barreto, quien
promovió una visión del derecho como un fenómeno social, independiente de influencias
metafísicas, y como un reflejo de las necesidades sociales en un contexto histórico determinado
(Barreto, 1997). Otro defensor importante del juspositivismo fue Pontes de Miranda, cuyo trabajo
"Tratado de Direito Privado" consolidó la idea de que el derecho debe ser interpretado
objetivamente, sin interferencias morales (Miranda, 1970).
A lo largo del siglo XX, el juspositivismo siguió siendo la corriente predominante en Brasil,
influyendo tanto en la creación de leyes como en la práctica judicial, aunque también se empezó a
cuestionar con el surgimiento de nuevas corrientes filosóficas como el pospositivismo (Streck,
2018).
2.3. Desarrollo del Juspositivismo en Argentina
En Argentina, el juspositivismo también desempeñó un papel crucial en el desarrollo del
sistema legal, especialmente después de la independencia y la consolidación de las instituciones
legales. La Constitución de 1853 fue influenciada por el positivismo jurídico, que enfatizó la
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supremacía del derecho y el papel central del Estado como creador exclusivo de las normas (Alberdi,
2002).
Juan Bautista Alberdi, uno de los principales autores de la Constitución argentina, defendió
que el derecho debía reflejar la voluntad del Estado y de la sociedad. Para él, la legitimidad del
derecho positivo venía del proceso legislativo formal, constituyendo la base del orden social y
político de la nación (Alberdi, 2002). Otro pensador clave, Carlos Cossio, contribuyó al desarrollo del
juspositivismo con su teoría egológica del derecho, que si bien introdujo elementos novedosos,
continuó defendiendo la importancia de la aplicación estricta de las normas positivas (Cossio, 1974).
A lo largo del siglo XX, el juspositivismo continuó siendo dominante en la creación de leyes y
en la organización judicial de Argentina. Sin embargo, la transición hacia corrientes filosóficas más
integradoras como el pospositivismo también comenzó a cuestionar la absoluta primacía del
derecho positivo, promoviendo una mayor interacción entre el derecho y la moral (Guimarães,
2010).
2.4. El juspositivismo en la Construcción del Estado Moderno
En Brasil y Argentina, el juspositivismo desempeñó un papel crucial en la estructuración del
Estado moderno, sirviendo como la base filosófica para la creación de sus constituciones y la
organización de los sistemas jurídicos. Este modelo enfatiza la centralidad del Estado como
legislador y la distinción entre derecho y moral, elementos que ayudaron a consolidar las estructuras
políticas y legales en ambos países a lo largo de los siglos XIX y XX (Bonavides, 2012).
En Brasil, el juspositivismo ayudó a consolidar el sistema republicano de gobierno, donde las
leyes elaboradas por el poder legislativo se consideran la principal fuente del derecho. La
Constitución de 1988, aunque incorpora principios del derecho natural, como los derechos
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fundamentales, sigue una concepción positivista del derecho, donde el Estado crea y aplica las
normas jurídicas (Silva, 2017).
En Argentina, el juspositivismo también fue esencial para la construcción del Estado
moderno, particularmente durante la consolidación de la independencia y la creación de
instituciones democráticas. La Constitución de 1853 refleja una fuerte influencia del positivismo,
especialmente de las ideas de Juan Bautista Alberdi, quien promovió un Estado fuerte y centralizado
como responsable de la creación y mantenimiento del orden social y legal (Guimarães, 2010).
Aunque el juspositivismo ha sido fundamental en la estructuración de los sistemas legales
en ambos países, su carácter estrictamente normativo ha sido cuestionado en las últimas décadas.
Las crecientes demandas de una mayor consideración de los derechos humanos y los valores éticos
han dado lugar a la aparición de nuevas corrientes filosóficas, como el pospositivismo, que busca
integrar el derecho positivo con principios morales y de justicia.
3. Comparación entre jusnaturalismo y juspositivismo
El jusnaturalismo y el juspositivismo representan dos enfoques filosóficos opuestos en la
filosofía del derecho. El jusnaturalismo sostiene que existe un derecho intrínseco a la naturaleza
humana, superior al derecho positivo, mientras que el juspositivismo defiende que el derecho
legítimo proviene exclusivamente de las normas establecidas por el Estado, sin depender de
consideraciones morales (Kelsen, 2009).
A pesar de estas diferencias fundamentales, ambas corrientes comparten la idea de que el
derecho debe regular las relaciones sociales y promover la justicia. Sin embargo, mientras que el
jusnaturalismo considera que la justicia trasciende las normas positivas, el juspositivismo ofrece un
enfoque más técnico y preciso que prioriza la previsibilidad jurídica y la seguridad (Bobbio, 1995).
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En el contexto latinoamericano, ambas corrientes coexisten e incluso se influencian
mutuamente. En Brasil y Argentina, algunos juristas recurren al derecho natural para justificar la
protección de los derechos humanos, mientras que el juspositivismo sigue siendo la base para la
organización formal de los sistemas jurídicos (Silva, 2017; Guimarães, 2010).
3.2. Impacto en las Estructuras Jurídicas de los Dos Países
En Brasil y Argentina, la interacción entre el derecho positivo y el derecho natural ha dejado
una huella significativa en la construcción y evolución de las estructuras jurídicas de ambos países.
En Brasil, el modelo juspositivista ha dominado desde la Proclamación de la República, con la
legislación como la principal fuente normativa. No obstante, el derecho natural ha jugado un papel
crucial, especialmente en la protección de los derechos fundamentales. La Constitución de 1988,
conocida como "Constitución Ciudadana", refleja esta coexistencia, al incorporar principios
universales de la dignidad humana y los derechos fundamentales, que trascienden el derecho
positivo (Silva, 2017).
En Argentina, el impacto del derecho natural también ha sido evidente, particularmente a
través de la reforma constitucional de 1994. Esta reforma incorporó tratados internacionales de
derechos humanos que se basan en principios del derecho natural, como la dignidad y la justicia
social (Guimarães, 2010). La Constitución de 1853, inspirada en ideas liberales y positivistas,
consagró un Estado fuerte y centralizado, pero la protección de los derechos humanos y la justicia
social se han reforzado con el tiempo a través de estos principios naturales.
Ambos países han desarrollado sistemas jurídicos híbridos, donde el derecho positivo
establece la estructura organizativa, pero los principios del derecho natural sirven como guías
morales y éticas para la interpretación de las normas, particularmente en cuestiones de derechos
fundamentales.
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3.3. Reflexiones Actuales sobre la Constitución y la Interpretación Jurídica
Hoy, tanto en Brasil como en Argentina, el derecho natural y el positivismo continúan
influyendo fuertemente en la interpretación de las normas constitucionales. En Brasil, la
Constitución de 1988 combina de manera efectiva estos dos enfoques. Aunque las normas
constitucionales son claras, la interpretación de estas a menudo se basa en los principios del
derecho natural, particularmente en áreas que implican derechos fundamentales como la igualdad y
la dignidad humana (Silva, 2017). Por ejemplo, el Supremo Tribunal Federal ha utilizado los
principios de la dignidad humana y la justicia social para fundamentar sus decisiones sobre temas
como la salud, la educación y los derechos de las minorías (Streck, 2018).
En Argentina, la Corte Suprema de Justicia ha seguido un enfoque similar, recurriendo a
principios del derecho natural para abordar casos relacionados con derechos humanos y justicia
social. La reforma constitucional de 1994, que incorporó tratados internacionales de derechos
humanos, consolidó la importancia de principios universales como la dignidad y la igualdad, que
guían la interpretación de las normas constitucionales (Guimarães, 2010).
De este modo, las influencias del derecho natural y el positivismo se reflejan en cómo se
interpretan y aplican las constituciones en ambos países. Aunque el derecho positivo sigue siendo la
fuente normativa primaria, los principios del derecho natural juegan un papel clave como guía ética
en la interpretación de las leyes, especialmente en lo que respecta a la protección de los derechos
humanos y la promoción de la justicia social.
Discusión y Conclusión
A lo largo de este trabajo, se ha analizado cómo las corrientes del derecho natural y el
positivismo han influido en el desarrollo de los sistemas jurídicos de Brasil y Argentina, dos países
con contextos históricos y sociales distintos pero con elementos comunes en su evolución jurídica.
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Ambas corrientes, a pesar de sus diferencias fundamentales en cuanto a la concepción del derecho y
la justicia, coexisten de manera interdependiente, habiendo prevalecido una sobre la otra en
momentos históricos particulares.
En Brasil, el judicivismo (una forma de positivismo estricto) se consolidó como base del
ordenamiento jurídico tras la Proclamación de la República. Con la promulgación de las
Constituciones brasileñas, especialmente la de 1988, se profundizó en un modelo de centralización
del poder estatal como creador del derecho. Autores como Pontes de Miranda y Tobías Barreto
reforzaron este modelo, asegurando la estabilidad jurídica y la seguridad mediante el respeto a las
leyes establecidas. Sin embargo, la Constitución de 1988 marcó un punto de inflexión importante al
integrar principios del derecho natural, como la dignidad humana y los derechos fundamentales, en
la interpretación y aplicación de las normas.
En Argentina, el modelo positivista dominó desde la promulgación de la Constitución de
1853, con un fuerte enfoque en un Estado centralizado y legislador. No obstante, el creciente
enfoque en los derechos humanos y la justicia social condujo a una revalorización del derecho
natural, particularmente con la reforma constitucional de 1994, que incorporó tratados
internacionales de derechos humanos. Este cambio subraya una tendencia de hibridación entre el
positivismo y el derecho natural, lo que lleva a una mayor integración de principios éticos
universales en el derecho positivo.
Ambos países han llegado a desarrollar sistemas jurídicos híbridos, donde el derecho
positivo sigue siendo la base formal del sistema, pero los principios del derecho natural guían la
interpretación de las normas, especialmente en lo que respecta a la protección de los derechos
fundamentales. Sin embargo, la coexistencia de estas dos corrientes filosóficas plantea desafíos
importantes. La tensión entre el enfoque técnico y normativo del positivismo y los principios
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universales del derecho natural puede dar lugar a interpretaciones jurídicas complejas que no
siempre resultan en soluciones justas para todos los casos.
Desafíos Contemporáneos para el Derecho
Uno de los principales desafíos para el derecho contemporáneo, tanto en Brasil como en
Argentina, es equilibrar la rigidez del positivismo con la flexibilidad y los ideales de justicia
promovidos por el derecho natural. La aplicación estricta de normas positivas puede dar lugar a
injusticias, especialmente cuando estas normas no están alineadas con principios de dignidad e
igualdad. Por otro lado, una interpretación excesivamente flexible, basada solo en los valores del
derecho natural, puede generar inseguridad jurídica, pues las decisiones judiciales pueden variar
según interpretaciones subjetivas.
Otro desafío contemporáneo radica en la creciente demanda de protección de los derechos
humanos, incluidos nuevos derechos como los derechos ambientales y los de las minorías. Estas
demandas cuestionan la visión positivista tradicional, que a menudo carece de normas adecuadas
para abordar estos nuevos problemas. Es necesario lograr una integración más equilibrada entre el
derecho positivo y el derecho natural para que el orden jurídico pueda responder de manera eficaz a
estas demandas sin comprometer la seguridad jurídica (STRECK, 2018).
En Brasil, la aplicación de los principios del derecho natural ha sido crucial en áreas como el
derecho a la salud y la educación, donde el positivismo por sí solo no ofrece soluciones satisfactorias
a las necesidades sociales. El Supremo Tribunal Federal ha adoptado un enfoque inclusivo,
recurriendo a los principios del derecho natural para garantizar los derechos sociales y promover la
justicia (SILVA, 2017). En Argentina, la Corte Suprema de Justicia también ha seguido esta línea,
recurriendo a los principios del derecho natural para corregir omisiones legislativas o interpretar
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restrictivamente las normas del derecho positivo en temas de derechos humanos y justicia social
(GUIMARÃES, 2010).
Por último, la globalización y la creciente interdependencia entre países han generado
nuevos desafíos, como la necesidad de armonizar la legislación nacional con los tratados
internacionales y las normas supranacionales. En este contexto, el derecho natural ha ganado
importancia como referencia universal para abordar cuestiones transnacionales, como los derechos
humanos y la justicia global. Sin embargo, la integración de estas normas con el derecho positivo
nacional aún requiere ajustes, especialmente en países como Brasil y Argentina.
Reflexiones Finales
En conclusión, el derecho natural y el positivismo coexisten de manera compleja e
interdependiente en los sistemas jurídicos de Brasil y Argentina. Aunque el positivismo ha sido la
corriente dominante en la organización formal de los estados modernos, el derecho natural ha
jugado un papel esencial en la protección de los derechos fundamentales y la promoción de la
justicia social. El reto contemporáneo para ambos países es encontrar un equilibrio que permita una
aplicación del derecho que sea justa y predecible, integrando los valores éticos defendidos por el
derecho natural con la seguridad jurídica promovida por el positivismo jurídico.
Bibliografía
Alberdi, J. B. (2002). Bases y puntos de partida para la organización política de la República
Argentina. Losada.
Barreto, T. (1997). Positivismo en Brasil. Edupe.
Bobbio, N. (1995). Positivismo Jurídico: lecciones de Filosofía del Derecho. Icono.
Bonavides, P. (2012). Del Estado liberal al Estado social (11ª ed.). Malheiros.
Revista Científica de UCES
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ISSN Electrónico: 2591-5266
(pp. 1-17)
17
Cossio, C. (1974). La teoría egológica del derecho. Eudeba.
Diniz, M. E. (2006). Compendio de Introducción a la Ciencia del Derecho (23ª ed.). Saraiva.
Guimarães, F. K. (2010). Los Derechos Humanos y la Constitución Argentina de 1994. RT.
Guimarães, R. (2015). El positivismo jurídico y su crítica. Abeledo Perrot.
Kelsen, H. (2009). Teoría Pura del Derecho (6ª ed.). Martins Fontes.
Lafer, C. (2004). La reconstrucción de los derechos humanos: un diálogo con el pensamiento
de Hannah Arendt. Companhia das Letras.
Miranda, P. de. (1970). Tratado de Derecho Privado (3ª ed.). RT.
Reale, M. (2002). Filosofía del Derecho (23ª ed.). Saraiva.
Silva, J. A. da. (2017). Curso de Derecho Constitucional Positivo (39ª ed.). Malheiros.
Streck, L. L. (2018). Jurisdicción constitucional y hermenéutica: una nueva crítica del derecho
(6ª ed.). Saraiva.
Vigo, R. L. (2007). Iusnaturalismo vs. Iuspositivismo: un alegato iusnaturalista. Abeledo
Perrot.