
Revista Científica de UCES
Vol. 29 N°2 (Julio - Diciembre de 2024)
ISSN Electrónico: 2591-5266
(pp. 1-17)
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teoría egológica del derecho, propuso que las leyes deben guiarse por principios éticos que
trascienden las normas positivas, alineándose con esta tradición filosófica (Cossio, 1974).
Rodolfo Vigo, en "Iusnaturalismo vs. Iuspositivismo", busca conciliar ambas corrientes,
defendiendo que el derecho debe fundamentarse en valores éticos superiores (Vigo, 2007).
Asimismo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina ha recurrido a principios del derecho
natural para resolver casos relacionados con la dignidad humana y los derechos fundamentales.
Autores contemporáneos como Ricardo Guibourg (2015) destacan la importancia del derecho
natural como crítica al positivismo estricto, especialmente en cuestiones de justicia social.
1.4. El Papel del Derecho natural en la Legislación y Jurisprudencia
En Brasil, el derecho natural ha influido profundamente en la legislación, particularmente en
la Constitución de 1988. Este texto constitucional consagra derechos inherentes a la condición
humana, como la dignidad, la vida y la libertad (Silva, 2017). En el ámbito judicial, el Supremo
Tribunal Federal (STF) ha recurrido a principios del derecho natural para decidir casos clave
relacionados con derechos fundamentales. Por ejemplo, en decisiones sobre salud y educación, el
STF afirmó que estos derechos, esenciales para la dignidad humana, son inalienables, incluso frente
a la omisión legislativa (Streck, 2018).
En Argentina, la jurisprudencia también refleja la influencia del derecho natural. La Corte
Suprema, en el emblemático caso "Simón" (2005), declaró inconstitucionales las leyes de amnistía
para crímenes de lesa humanidad, argumentando que estos delitos violaban derechos naturales e
inalienables (Vigo, 2007). Asimismo, la Constitución de 1994 incorporó tratados internacionales de
derechos humanos basados en principios del derecho natural, como la igualdad y la libertad,
reflejando la primacía de estos valores éticos sobre las leyes positivas (Guimarães, 2010).