Revista Cienca de UCES
Vol. 30 N°2 (Julio- diciembre de 2025)
ISSN Electrónico: 2591-5266 (pp. 1-43)
36
por unanimidad en ambas cámaras. En este punto y retomando las argumentaciones de lxs
legisladorxs, podemos encontrar que se hallan directamente asociadas con el vínculo entre la
reparación y su origen en un hecho extraordinario, “notorio” y excepcional, que, en este caso, fue
idencado como el fenómeno del femicidio que genera consecuencias negavas en términos
materiales, subjevos y psicológicos no solamente sobre sus vícmas directas (las mujeres
asesinadas) sino también sobre sus familiares, especialmente sus hijxs. De esta manera, se lograron
cimentar, de manera argumentava, cadenas de causalidad entre el mencionado hecho y sus
consecuencias sobre las vícmas, a través de la validación y legimación de saberes expertos, en este
caso encarnados en LCDE. Adicionalmente, se deja entrever en las concepciones de quienes tuvieron
la responsabilidad de votar la ley, que la existencia de la reparación trae aparejada una suposición
especíca sobre las relaciones sociales. Esto úlmo se torna especialmente relevante cuando
revisamos las signicaciones en torno al rol de cuidado que debiera socialmente ejercer la mujer, lo
cual repercute en las concepciones sobre la función parcular del dinero y su capacidad o
incapacidad de reparar la pérdida de la vida humana. En estos casos, se intenta fortalecer la
intención de que, a través del dinero, el Estado se está haciendo cargo y reparando su
responsabilidad (Zenobi, 2020).
A nivel agregado y observando todas las fuentes de información analizadas, una cuesón
fundamental que se encuentra latente de manera transversal es la problemáca de los cuidados y su
lectura en clave de género. El disposivo de la reparación económica diseñado a través de la Ley
27.452 refuerza la noción de que son las mujeres-madres quienes enen la responsabilidad principal
sobre el cuidado de sus hijxs, no solamente en términos materiales si no también simbólicos. Con la
ocurrencia del femicidio y ante la ausencia de esa gura materna, la única alternava que se baraja
es la asunción de los cuidados por parte de las familias. Ninguno de los actores involucrados propone
una dinámica o resolución diferente donde el Estado o el mercado pudieran parcipar de la