Shape1 Ratio Iuris. Revista de Derecho. Vol. 11 Núm. 1, enero-

junio 2023, pp. 420-447, ISSN: 2347-0151




LA SITUACIÓN DE DESIGUALDAD DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDAD FRENTE A LA PRÁCTICA DEPORTIVA EN ARGENTINA


Por Mario Miguel Comes1


Fecha de recepción: 23 de junio de 2023

Fecha de aprobación: 23 de junio de 2023


ARK CAICYT: http://id.caicyt.gov.ar/ark:/s23470151/1l7b7ai76


Resumen


El presente trabajo corresponde a la disertación pronunciada por el autor en la V Jornada de Investigación en Derecho: Los niños, niñas y adolescentes y el derecho a entender en la encrucijada, realizada en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES) el 23 de junio de 2023 vía Zoom Institucional.

A través del trabajo, se busca visibilizar cómo se lleva a cabo la práctica deportiva de los/as N, N y A en situación de discapacidad en Argentina.

Se concluye mediante un diseño no experimental de alcance descriptivo que la práctica deportiva de los/as N, N y A en situación de discapacidad en Argentina se lleva a cabo en condiciones de desigualdad y discriminación.


Abstract


This work corresponds to the dissertation given by the author at the V Conference on Law Research: Children and adolescents and the right to understand at the crossroads, held at the Faculty of Legal and Political Sciences of the University of Business Sciences and Social (UCES) on June 23, 2023 via Institutional Zoom.

Through the work, it seeks to make visible how the sports practice of the N, N and A in a situation of disability in Argentina is carried out.

It is concluded through a non-experimental design of descriptive scope that the sports practice of the N, N and A in a situation of disability in Argentina is carried out in conditions of inequality and discrimination.


Resumo


Este trabalho corresponde à dissertação proferida pelo autor no V Encontro de Pesquisas Jurídicas: Crianças e adolescentes e o direito ao entendimento na encruzilhada, realizado na Faculdade de Ciências Jurídicas e Políticas da Universidade de Ciências Empresariais e Sociais (UCES). em 23 de junho de 2023 via Zoom Institucional.

Por meio do trabalho, busca-se tornar visível como é realizada a prática esportiva dos N, N e A em situação de deficiência na Argentina.

Conclui-se através de um projeto não experimental de alcance descritivo que a prática esportiva dos N, N e A em situação de deficiência na Argentina é realizada em condições de desigualdade e discriminação.


Palabras clave


Derechos de los niños, niñas y adolescentes, discapacidad, práctica deportiva, desigualdad y discriminación.

Keywords


Rights of children and adolescents, disability, sports practice, inequality and discrimination.


Palavras chave


Direitos da criança e do adolescente, deficiência, prática esportiva, desigualdade e discriminação.


1. Introducción


La Nación Argentina suscribió en el mes de noviembre de 1989 la Convención de los Derechos del niño, ratificada por Ley 23.849 de 1990. A partir de la Reforma de la Constitución Nacional del año 1994, se incorporó la Convención de los Derechos del Niño a nuestro plexo normativo, adquiriendo en consecuencia jerarquía constitucional conforme lo establece el art. 75 incisos 22 de la Constitución Nacional.

De la propia Convención surge la obligatoriedad, de la protección de los derechos del niño, niña y al adolescente ––en adelante N, N y A–– bregando acabadamente por el interés superior del niño.

El artículo 3º de la Convención fija este interés superior del niño como la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías que la ley reconoce, sirviendo en consecuencia de marco para la correcta interpretación de los derechos enumerados en la propia Convención.

Dice al respecto el art. 3º inc. 1º: “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño".

Hacemos referencia al interés superior del niño cuando hablamos de que todas las medidas respecto del niño deben estar basadas en la consideración del interés superior del mismo. Corresponde al Estado asegurar una adecuada protección y cuidado.

Así, en el orden nacional, la Ley 26.061 sancionada el 28 de septiembre del 2005 propone un sistema de protección integral de los derechos de los/as N, N y A que ratifica la aplicación obligatoria de la Convención sobre los Derechos del Niño. Dice su art. 1°:

Esta ley tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte...


Y que "Los derechos aquí reconocidos están asegurados por su máxima exigibilidad y sustentados en el principio del interés superior del niño..." (art. 1°).

A su vez, el art. 3° determina que “A los efectos de la presente ley se entiende por interés superior de la niña, niño y adolescente la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos en esta ley...".

Nuestra investigación, pretende responder la siguiente pregunta: ¿Cómo se lleva a cabo la práctica deportiva de los/as niños, niñas y adolescentes en situación de discapacidad en Argentina?

No nos hemos de centrar en el análisis de la legislación vigente, puesto que como podremos apreciar, la misma es escasa y de muy poco cumplimiento dentro de lo que pretendemos lograr. Nuestra experiencia personal y el análisis de la realidad nos presenta un panorama poco claro en la perspectiva de la inclusión de los N, N y A en situación de discapacidad respecto de la práctica deportiva.

Desde hace varios años nos venimos dedicando a la formación de jóvenes deportistas y al estudio de la realidad socio cultural que los rodea, y de cómo se encuentran en un segundo plano en el aspecto inclusivo, viviendo claramente una situación de discriminación, la que se acentúa más en los deportistas de distintas regiones del interior del país.

Pretendemos llevar adelante un análisis estructural de la problemática completa de estos jóvenes atletas que en gran medida ven truncadas sus posibilidades de desarrollo por la falta total de apoyo tanto sea público como privado.

Buscamos visualizar la realidad con la que día a día chocan estos/as jóvenes en situación de discapacidad y la necesidad de promover por una simple cuestión de salud y educación la práctica deportiva y la inclusión dentro de la sociedad en que se desenvuelven.


2. Objetivos de investigación


2.1 Objetivo general

Señalar cómo se lleva a cabo la práctica deportiva de los/as N, N y A en situación de discapacidad en Argentina.


2.2 Objetivos específicos






3. Pregunta, hipótesis y metodología


Nuestra pregunta de investigación es, cómo mencionamos supra: ¿Cómo se lleva a cabo la práctica deportiva de los/as N, N y A en situación de discapacidad en Argentina?

Y la hipótesis que nos proponemos demostrar mediante un diseño no experimental de alcance descriptivo afirma que la práctica deportiva de los/as N, N y A en situación de discapacidad en Argentina se lleva a cabo en condiciones de desigualdad y discriminación.


4. Nuestra realidad


Se considera N, N y A en situación de discapacidad a aquellos que por razón congénita o adquirida presentan una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás. Estos tienen derecho a vivir incluidos en la comunidad, en igualdad de condiciones que los/as demás N, N y A. (https://www.paho.org/es/temas/discapacidad#:~:text=Las%20personas%20con%20discapacidad%20son,de%20condiciones%20con%20los%20dem%C3%A1s.)

Debemos partir en consecuencia de la base de que N, N y A en situación de discapacidad tienen derecho a la igualdad sustantiva y a disfrutar de todos los derechos que la Constitución, los tratados internacionales y demás leyes aplicables promueven. Por ende, consideramos que se debe velar para que cada N, N y A en situación de discapacidad pueda gozar de esos derechos en plenitud.

Respecto de la Actividad Física y el Deporte, nuestro país denota una situación de desigualdad que obedece a la escasa, casi nula, inclusión en que se encuentran los atletas en situación de discapacidad. Ello debido a las constantes barreras que deben sortear N, N y A y jóvenes en situación de discapacidad para comenzar con su inclusión deportiva, desde la dificultad de su desplazamiento, la imposibilidad de acceso a los elementos mínimos esenciales para la práctica deportiva, con espacios físicos inadecuados y casi nula apoyatura desde lo público y lo privado para su evolución primaria.

De ahí que se torna necesario normalizar la presencia de las personas en situación de discapacidad en el deporte, que ello sea la regla y no la excepción y para ello es evidente que el paso más importante es lograr la accesibilidad de los y las jóvenes educandos a las actividades físicas, eliminando los obstáculos en los espacios públicos, transporte, información y comunicación, la falta de espacios para desarrollar sus actividades en forma organizada y reglada en las instituciones deportivas, tanto públicas como privadas, que le acuerden horas y espacios acordes a cada actividad, situaciones estas que contribuyen a su aislamiento y dependencia.

Una vez logrado ese objetivo, podemos comenzar a caminar ya más en firme sobre la posibilidad de los jóvenes deportistas de tener acceso en primer término al deporte social, aquel que se lleva a cabo en instituciones deportivas públicas o privadas, siendo el primer eslabón deportivo e inclusivo del joven en situación de discapacidad.

La gran pregunta es ¿adaptar es incluir?, entendemos que no termina de ser así.

La actividad física inclusiva define la inclusión como el proceso por el cual todos/as los/as alumnos/as en situación de discapacidad, independientemente del tipo o grado, serán educados con sus compañeros/as sin discapacidad en clases regulares.

Así, la Educación Física Inclusiva debe dar una respuesta justificada a las necesidades del alumnado en situación de discapacidad. Esta se caracteriza por una participación activa por parte de todo el alumnado. Por eso debe generarse un currículum de la Educación Física compartido, exigiendo un compromiso docente y la implicación directa de la administración educativa y la colaboración de las familias, entendiendo que la diversidad en el aula de Educación Física es un valor educativo y social añadido que cohesiona al grupo y ofrece mejores posibilidades de aprendizaje para todos.

Uno de los mayores beneficios que conlleva la inclusión de alumnos/as en situación de discapacidad en las clases de Educación Física es la socialización y el desarrollo de habilidades sociales del alumnado en general.

La inclusión de alumnos/as en situación de discapacidad en las clases de Educación Física supone múltiples beneficios para ellos/as, destacando específicamente el desarrollo de las relaciones y las habilidades sociales, aumento de la autoestima, la auto percepción física y el auto concepto. Así se logra un verdadero sentido de pertenencia al grupo, beneficios compartidos y participación, desarrollando sus habilidades en contra de una participación restringida y el aislamiento social. Esta inclusión, además, produce otra serie de beneficios al posibilitar la interacción con modelos adecuados a su edad, como la disminución del aislamiento, aumento de las expectativas de la persona, cambio de actitud ante los iguales y posibilidad de desarrollar amistades entre compañeros/as. Por otro lado, los beneficios para los/as alumnos/as que no la tienen pasan por aprender a aceptar las diferencias individuales y a perder el miedo a interactuar y a entablar relaciones de amistad con alumnos/as en situación de discapacidad.

En consecuencia, debemos tener en cuenta que el deporte debe ser considerado como una actividad inherente al ser humano, permite que mediante su práctica se afiance su actividad integradora, como un cambio social; reduciendo los riesgos en cuanto a salud y favorece altamente la integración. El deporte inclusivo debe ser tenido en cuenta no solo como un método de integración social, sino como una necesidad, involucrando la diversidad en el comportamiento social, dentro de la manifestación del bien individual, que no podrá estar al margen del bien colectivo.

Es así como se deben promover estrategias en la política deportiva orientada hacia la diversidad, con enfoque inclusivo, buscando equidad y acceso de la minoría. Sostenemos que debe propenderse a la organización de entidades deportivas bajo un proceso de integración social para todas las discapacidades, permitiendo posicionar al deporte inclusivo como una estructura sólida que incidente en la construcción cultural y social de los individuos de acuerdo con la carta de las naciones unidas.

El deporte Inclusivo se debe convertir en un proceso facilitador, que se visualice como una herramienta que dé respuesta a los problemas sociales y de salud a nivel nacional, en todos los rincones del país. A través del cual se genere aceptación social; reforzando la postura de que el deporte tiene su máxima expresión en las condiciones de salud, alejándose de una relación adiestradora e impositiva, para pasar a convertirse en una herramienta de la palabra y del acto, que motiva el fortalecimiento de valores y el reconocimiento de la diferencia.

Consideramos la necesidad de reactivar los juegos deportivos para la persona en situación de discapacidad, de donde se nutrirán los futuros deportistas paralímpicos. Que el hecho de ganar no se convierta en principal objetivo, no solo para él o la deportista, sino para quienes giran en torno a él o ella, para favorecer la inclusión de quienes no pueden obtener logros meritorios, dejando a un lado las capacidades individuales.

Se deberá formular, implementar y coordinar acciones dirigidas a la población en situación de discapacidad permanente o temporal, a través de la práctica de actividad física y deportiva regular y sistemática, así como la adquisición de hábitos saludables de vida, que coadyuven a su desarrollo integral.

Impulsar y promover la creación y desarrollo de Centros de Deporte Adaptado para la atención de las personas con algún tipo de discapacidad. Coordinar acciones con instancias del sector público, privado y social, para contribuir en la promoción de la salud y adquisición de valores a través de la práctica deportiva. Promover el desarrollo de actividades deportivas que logren fortalecer la convivencia y el trabajo en equipo. Brindar alternativas a la población con discapacidad, para mejorar su bienestar y su calidad de vida.

Deberá proyectarse a través de una ley el sistema único de organizaciones de deportistas con discapacidad física, visual, intelectual y auditiva; proyectando la integración y la participación de las personas en situación de discapacidad al deporte de rendimiento, dando lugar a la posibilidad de Recreación, Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, desde la Escuela Primaria, hasta la Universidad, motivando a la creación de Ligas deportivas, en la participación de programas, planes, proyectos y estrategias específicas para esta población.

Tengamos en cuenta que la práctica deportiva desde temprana edad promueve la convivencia social autónoma. Mejora la calidad de vida de las personas que tienen algún tipo de discapacidad. El deporte ayuda a los/as N, N y A, no sólo a desarrollarse física y mentalmente, sino también a relacionarse de una forma saludable con sus semejantes. Contribuye al proceso de rehabilitación. Promueve la independencia, otorga seguridad y anima a superar limitaciones en la etapa adulta. Desarrolla valores que son imprescindibles para la integración social de las personas con discapacidad.

Lo anterior además de ser una realidad que caracteriza nuestra sociedad, con énfasis en el ámbito físico-educativo, promueve al análisis y reflexión sobre aquellos aspectos que inciden de manera negativa en la poca participación de las personas con discapacidad en las actividades físicas, deportivas y recreativas, a pesar de las ventajas inherentes a la salud de las actividades físicas, unido a ello se evidencia la necesidad de investigar sobre el proceso de inclusión social de estas personas.

Tanto las discapacidades sensoriales, como las intelectuales y las motrices, evidentemente traen consigo un compromiso en el desarrollo psicomotriz de las personas que la portan, afectando su inclusión y desempeño social y por consiguiente el de su familia.

El desarrollo de las habilidades motrices en la Educación Física debe potenciar las funciones del movimiento que van desde la motricidad hasta los aspectos cognitivos y socio afectivos implícitos, hacia el proceso y el producto que comprenden la calidad de la actividad y los resultados de aprendizaje en los escolares.

Entendemos como esencial para el desarrollo de las capacidades de los/las N, N y A en situación de discapacidad, una adecuada praxis pedagógica por parte de los docentes, lo cual ha de llevar a que las actividades físicas-recreativas desarrolladas ejerzan una influencia positiva en el desarrollo motriz de los/as alumnos/as participantes, y por tanto estimulante de su proceso de inclusión social.

Por consiguiente, es de vital importancia formalizar la confección de una Guía de Orientación Metodológica para quienes se encuentren al frente de grupos de N, N y A en situación de discapacidad, adecuada a las necesidades educativas que se requieren para el desarrollo de actividades físicas-recreativas, con énfasis en la actividad lúdica y que permitiera propiciar el desarrollo motriz y la inclusión social de estos niños, niñas y adolescentes.

Como parte de esta idea y teniendo en cuenta los requerimientos en cuanto al ámbito social, educativo, cultural y deportivo, dirigido a sectores vulnerables de N, N y A en situación de discapacidad, consideramos que se debe desarrollar un proyecto integrador, entre las actividades físico recreativas y las intelectuales que favorezca la inclusión y la capacitación de los/las N, N y A en situación de discapacidad. Las clases desarrolladas por los docentes de Educación Física deberán tender a la integralidad para estimular el desarrollo motriz de los alumnos/as con discapacidad. Debiendo estimular el desarrollo motriz de los alumnos/as y por ende potenciar el proceso de inclusión social.   

Cierto es que la actividad física deportiva, mejora y mantiene la condición física; mejora y mantiene la coordinación; previene las enfermedades por falta de movilidad; y favorece la seguridad y flexibilidad de quien vive una situación de discapacidad en su vida diaria.

Por ello es esencial la construcción de un deporte inclusivo, que en su metodología enfoque a los/las N, N y A en situación de discapacidad hacia la práctica deportiva que no discrimina entre atletas por sus habilidades o condiciones, facilitando de ese modo la participación de personas con y sin discapacidad en un mismo equipo o partida, respetando el objetivo de la disciplina deportiva.

Es de vital importancia enfocarse desde la escuela primaria a lo que es la Educación Física Adaptada y/o Actividad Física Adaptada, que es aquella que se puede adaptar o modificar para hacer frente a las necesidades individuales de los niños, niñas y jóvenes en situación de discapacidad.

El o la estudiante en situación de discapacidad debe ser preparado para realizar diferentes actividades deportivas y recreativas con el resto de sus compañeros/as, a través de adaptaciones de manera que se trabaje en igualdad de condiciones, para poner en práctica sus habilidades y potencialidades.

No debemos nunca olvidar que aquellas personas en situación de discapacidad que practican deporte, ya sea a nivel profesional o como hobbie, han encontrado que el deporte es una herramienta para mantenerse en forma y actúa como vía para la inclusión social, ya que su práctica le permite hacer nuevas amistades. Debemos tener en cuenta que el objetivo principal de la práctica de deporte en personas en situación de discapacidad no debe apartarse de la idea que su utilidad se encuentra ligada al desarrollo de cualidades físicas que favorezcan la independencia funcional. Potenciar habilidades blandas que aumenten la autoestima, independencia y participación a nivel familiar y social.


5. Respecto de la accesibilidad


Es deber del Estado asegurar una igualdad real de oportunidades mediante la remoción de obstáculos, sociales, políticos, económicos.

La igualdad de oportunidades implica el acceso a las herramientas disponibles para las personas en situación de discapacidad y es ineludible tener presente el derecho a la identidad como derecho personalísimo, ya que es una proyección de la imagen de la persona con referencia a su colocación en el contexto de las relaciones sociales.

Mientras todo tipo de barreras arquitectónicas persista dentro del entorno educativo los/as alumnos/as en situación de discapacidad no podrán desplazarse libremente, ni explorar, manipular, cooperar y, por tanto, no lograremos su integración educativa ni su autonomía y crecimiento personal y social.

Debe tenerse en cuenta que para que ello tenga lugar debemos tender a la facilitación a personas en situación de discapacidad, para ingresar a los diversos espacios debiendo vencerse la existencia de las barreras físicas, que constituyen un obstáculo para el desplazamiento de las personas en situación de discapacidad. No obstante, esa matriz primigenia vinculada al espacio urbano o familiar es insuficiente para poder interpretar adecuadamente lo que es hoy la accesibilidad.

Es evidente que a las personas en situación de discapacidad directa o indirectamente se les niega su derecho a participar en el sistema de enseñanza general, a vivir en la comunidad de manera independiente, a desplazarse libremente, a participar en actividades deportivas y culturales, a disfrutar de protección social entre otros.

La accesibilidad marca un camino que transita necesariamente como Derecho Humano referido tanto a la obtención de herramientas como a la consecución de fines. El precepto constitucional de garantizar la igualdad, implica de suyo la de “igualdad de oportunidades”.

La accesibilidad no sólo puede referirse a la arquitectónica, que es la más evidente. Comprende también disponibilidad de material educativo para cada situación, docentes adiestrados/as en el punto, acceso pleno a la salud, al esparcimiento, a la cultura, a los vínculos sociales, al trabajo, a los medios tecnológicos y un largo etcétera. Los espacios donde las comunidades desarrollan sus actividades son percibidos y usados de manera diversa por los habitantes, no hay unanimidad en el uso, por cuanto para ello inciden la pluralidad social, los gustos individuales, las costumbres y las características individuales hacen que cada uno tenga una práctica propia.


6. Entrevistas


Hemos realizado algunas entrevistas a familiares y deportistas en situación de discapacidad, las que fueron utilizadas entre los métodos empíricos para conocer las causas que provocan que las personas en situación de discapacidad no se vean incorporadas a las actividades deportivas y cuál es la realidad que les toca vivir.

Así, Lorena, joven madre de un adolescente de 15 años que padece parálisis cerebral, nos manifestó que enfrenta constantemente severos desafíos para la integración de su hijo, quién ante la problemática de su discapacidad, se encuentra en cierto modo aislado del resto de la sociedad, por cuanto se ve impedido de una participación activa, fundamentalmente por su necesidad de movilidad.

Al consultarle si había de algún modo previsto la posibilidad de que su hijo, tuviera algún tipo de participación en actividad física, nos refirió que le resultaba imposible, por cuanto necesitaría mínimamente una silla de ruedas especial para la práctica del deporte la que es de un elevadísimo costo imposible de afrontar, y al cual las obras sociales no cubren.

En lo referente a la accesibilidad a algún tipo de deporte, para la problemática de su hijo, nos hizo referencia que desconocía la posibilidad de deporte para su hijo.

Al referirle sobre la práctica de boccia, que es una actividad física especial para el tipo de problemática de su hijo, nos hizo referencia de que desconocía totalmente la existencia de ese deporte y que dudaba de que en la ciudad donde se radica, se llevara adelante la práctica de dicha actividad física.

A su turno, entrevistamos a Marcelo, papa de una joven deportista en situación de discapacidad, quien fue amputada de una pierna a muy temprana edad.

Nos hizo conocer que su hija practicó desde los 12 años hasta los 16 años voleibol convencional, gracias a que había sido incluida sin ningún tipo de inconveniente, tanto por el entrenador como por sus compañeras en la práctica deportiva, logrando competir en forma oficial en la disciplina, que al mismo tiempo practicaba natación con muy buenos resultados.

A ella le gustaba más el voley porque se sentía parte de un grupo y eso le ayudaba a su inclusión social.

Actualmente practica sitting voley, pero que para poder realizar la actividad ha debido trasladarse a la ciudad de Córdoba, ya que en la ciudad en la que vive no hay posibilidades de practicar la actividad, salvo la buena voluntad de su ex entrenador que en algunas oportunidades y fuera de hora colabora con su formación deportiva; que agradece el poder tener acceso a un buen sueldo que le ha permitido afrontar los gastos que irroga la actividad de su hija, porque de otro modo habría sido imposible que llegara a la práctica deportiva.

Otro papa, entrevistado fue Carlos, que se ha iniciado en la actividad deportiva de su hija, que presenta una incapacidad mínima en su lateralidad derecha.

Ha comenzado hace unos meses con la práctica del voleibol, donde se encuentra altamente incluida y forma parte de un equipo que la ayuda a sociabilizar y no sentirse discriminada y sí incluida, pese a su problemática; que si bien recién comienza con esta actividad ve a su hija feliz y muy adaptada al grupo y la actividad.

Finalmente, Ana, deportista en situación de discapacidad de 18 años de edad, quien se dedica al Sitting Voley, integra actualmente la pre selección argentina de la actividad, y nos refiere que es muy feliz con la práctica del deporte. Lo práctico de joven como jugadora del voley convencional, habiendo vivenciado hermosas experiencias por su total inclusión al grupo de pares pese a su problemática, con muy lindas experiencias en torneos de varios días y compitiendo con clubes de distintos lugares, lo que la hicieron compartir, no solo la competencia, sino actividades de distinta índole. Nos comentó que realmente le gustaba más cuando estaba en la actividad convencional porque era más lo que compartía con sus amigas, y que ahora con el sitting, si bien se encuentra muy conforme, ve que es poca la participación de los jóvenes en la actividad. Entiende que ello se debe a la poca difusión y por ello el desconocimiento de las posibilidades de desarrollo. Pero también entiende que no existe interés tanto de los clubes como los dirigentes deportivos en difundir esta actividad, que solo aparecen para la foto y nunca apoyando y brindando lo necesario.

7. Conclusión


Las autoridades se deben obligar a implementar medidas de inclusión considerando los principios de participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad, respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas, respeto a la evolución de las facultades de N, N y A en situación de discapacidad y de su derecho a preservar su identidad. Por ende, están obligadas a realizar lo necesario para fomentar la inclusión social.

Debe quedar vedado completamente el negar o restringir la inclusión de N, N y A en situación de discapacidad, el derecho a la educación ni su participación en actividades recreativas, deportivas, lúdicas o culturales en instituciones públicas, privadas y sociales.

Deberán en consecuencia realizar todo tipo de acciones a fin de sensibilizar a la sociedad, incluso a nivel familiar, para que tome mayor conciencia respecto de los/as N, N y A en situación de discapacidad y fomentar el respeto a sus derechos y dignidad, así como combatir los estereotipos y prejuicios respecto de su discapacidad.

Para ello es de vital importancia reconocer y aceptar la existencia de la discapacidad, a efectos de prevenir la ocultación, abandono, negligencia y segregaciones de N, N y A en situación de discapacidad.

Debe en consecuencia ofrecerse apoyo educativo y formativo, a fin de aportarles los medios necesarios para que puedan fomentar su desarrollo y vida digna, promoviendo acciones interdisciplinarias que favorezcan su desarrollo psico-físico-emocional tendientes a lograr un mejor tratamiento para la rehabilitación de las discapacidades de N, N y A mediante el desarrollo de centros de esparcimiento deportivo que sean accesibles a las posibilidades económicas de los y las jóvenes deportistas y que brinden la posibilidad de crecimiento y desarrollo de sus cualidades especiales, con acceso a programas de estimulación temprana, servicios de salud y rehabilitación, con mecanismos que permitan la recopilación periódica y sistemática de información y estadística de N, N y A en situación de discapacidad, que permita una adecuada formulación de políticas públicas en la materia.

Debemos tomar el ejemplo de Fundaciones y ONG que en forma totalmente desinteresada y muy valedera realizan actividades tendientes a mejorar las condiciones de desarrollo de los niños en situación de discapacidad y su práctica deportiva.

A modo de ejemplo, podemos mencionar a la Fundación DAS, "Fundación el Deporte en Acción Social" radicada en la provincia de Misiones, que ha lanzado su Programa Mejorando Espacios Deportivos a través de su eje Integración, Cultura y Desarrollo, programa este que tiende a que aquellas personas consustanciadas con la necesidad de espacios adecuados para la práctica deportiva, en cierto modo apadrinen el espacio y colaboren en el mantenimiento y mejoras de las condiciones para la actividad deportiva.

El objetivo que persigue la fundación es mejorar el comportamiento fraterno de nuestra sociedad a través del deporte y sus valores, integrando a la población, para que entre todos podamos construir un nuevo futuro con igualdad sustantiva y sostenible. Para lograrlo y no dejar a nadie atrás debemos apelar a la solidaridad entre vecinos, sociedad civil, sector privado, instituciones públicas a nivel local, regional e internacional.

Es por ello que el objetivo a trazar debe ser promover la Integración y la Cohesión Social a través de actividades en conjunto con los vecinos mejorando un espacio deportivo de una institución o un barrio, donde se realicen actividades recreativas, deportivas y culturales, y que a su vez fomenten la actividad física. De esta manera generaremos sociedades más integradas, más saludables y colaborativas.

Es importante que como sociedad tomemos conciencia que entre todos debemos mantener en condiciones este tipo de espacios deportivos para que más N, N y A estén practicando deporte y realizando actividades físicas, generando amigos/as, redes de contención y absorbiendo los valores del deporte.

Debemos avanzar como sociedades a una mayor integración y cohesión social, a un fortalecimiento de las instituciones, hacia una resolución de problemas mediante la cooperación y el aprovechamiento de la fuerza de nuestra juventud, para vivir un futuro mejor.

Otra ONG, es "Empate", que lleva una actividad física - lúdico - deportiva, para N, N y A en situación de discapacidad y que, a más de realizar prácticas deportivas con los mismos, realiza jornadas de integración con jóvenes deportistas convencionales en las cuales el único objetivo es compartir y confraternizar, casualmente el nombre que lleva esta ONG hace alusión a que no hay ni ganadores ni perdedores por ello Empate.

Asimismo, la inclusión en la primera infancia representa los valores, políticas y prácticas que apoyan el derecho de cada bebé y niño/a pequeño/a y de su familia, independientemente de su capacidad, a participar en una amplia variedad de actividades y contextos como miembros completos de las familias, comunidades y la sociedad. Es fundamental la utilización de actividades lúdicas. Principalmente en la niñez es esencial, ya que constituye la primera herramienta que les permite contactar con lo que le rodea y, a la vez, le ayuda a construir sus relaciones sociales. Es una de las principales experiencias que ayudan al niño/a a socializarse.

Entre los derechos reconocidos por la Convención de las personas con Discapacidad debemos tener en cuenta que a más del derecho fundamental que es el de la vida, se debe valorar el derecho a la educación en igualdad de condiciones con los demás, a la no discriminación, a la vida independiente al respeto de su integridad moral, física y mental en igualdad de condiciones que las demás y a la salud, entre otros.

La discapacidad no implica incapacidad, por eso hay que tener en cuenta que el trato a que tienen derecho las personas en situación de discapacidad es el mismo que el de cualquier otra persona, sin compasión, ni paternalismos, sino con naturalidad y respeto a su dignidad.

Los N, N y A en situación de discapacidad deben ser el centro de todos los esfuerzos por forjar sociedades inclusivas, puesto que tienen los mismos derechos que los demás y, más que beneficiarios de ayuda, son agentes de cambio y autodeterminación. La niñez en situación de discapacidad tiene el mismo derecho a la educación que todas las demás personas y debe disfrutar de este derecho sin discriminación y en igualdad de oportunidades. Debiendo disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí mismo y faciliten su participación activa en la comunidad.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en su art. 24 es clara al establecer como un elemento primordial en las personas en situación de discapacidad el de su educación, que debe tender a promover su participación activa en el seno de la sociedad, promoviendo a su vez su sentido de dignidad y valor personal, propendiendo al desarrollo de toda su potencialidad en lo referente a la personalidad, los talentos y la creatividad. La toma de decisiones con independencia y autonomía debe darse en el marco de un contexto de participación plena en la vida comunitaria. Para que ello sea posible y lograr una verdadera inclusión debe propenderse a lograr los medios necesarios para identificar y remover las barreras físicas, sociales, culturales, actitudinales y de comunicación, que permitan a las personas con discapacidad ejercer sus derechos plenamente.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en su art. 24 dice

Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida, con miras a: a) Desarrollar plenamente...


Buscar alternativas que propicien la inclusión de los niños y niñas con discapacidad a las diferentes actividades de la vida diaria continúa siendo un desafío.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece en su art. 30 que, a fin de que las personas con discapacidad puedan participar en igualdad de condiciones con las demás en actividades recreativas, de esparcimiento y deportivas, los Estados partes adoptarán las medidas pertinentes para alentar y promover su participación; asegurar que tengan la oportunidad de organizar y desarrollar actividades deportivas y recreativas específicas para dichas personas; alentar a que se les ofrezca, en igualdad de condiciones, instrucción, formación y recursos adecuado; asegurar que tengan acceso a instalaciones deportivas, recreativas y turísticas, y, además, asegurar que los niños y las niñas con discapacidad tengan igual acceso con los demás niños y niñas a la participación en actividades lúdicas, recreativas, de esparcimiento y deportivas, incluidas las que se realicen dentro del sistema escolar.

Asimismo, el su art. 30, inc. 5 dispone

A fin de que las personas con discapacidad puedan participar en igualdad de condiciones con las demás en actividades recreativas, de esparcimiento y deportivas, los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para:… a) Alentar y promover la participación, en la mayor medida posible, de las personas con discapacidad en las actividades deportivas generales a todos los niveles; b) Asegurar que las personas con discapacidad tengan la oportunidad de organizar y desarrollar actividades deportivas y recreativas específicas para dichas personas y de participar en dichas actividades y, a ese fin, alentar a que se les ofrezca, en igualdad de condiciones con las demás, instrucción, formación y recursos adecuados; c) Asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a instalaciones deportivas, recreativas y turísticas; d) Asegurar que los niños y las niñas con discapacidad tengan igual acceso con los demás niños y niñas a la participación en actividades lúdicas, recreativas, de esparcimiento y deportivas, incluidas las que se realicen dentro del sistema escolar; e) Asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a los servicios de quienes participan en la organización de actividades recreativas, turísticas, de esparcimiento y deportivas.


La gran discusión es cómo queremos reconocer a las N, N y A con discapacidad.

Entendemos que todo lo que implique actividad física contribuye a la integración de las personas en situación de discapacidad en la sociedad. El esfuerzo principal consistirá en compensar la desventaja de los/as alumnos/as con discapacidad facilitando la participación de todos.

El hecho de que una persona en situación de discapacidad sea aceptada para participar en actividades físicas se puede considerar como parte del
proceso de rehabilitación, siendo esta una forma de enfrentarse a la vida; y la verdadera diferenciación que ofrece la participación de la persona en situación de discapacidad reside, precisamente, la facilitación de sus relaciones con el entorno, destacando los siguientes: acceso a las instalaciones deportivas, culturales recreativas y el desenvolvimiento en las mismas, libre participación, sin otras limitaciones que las propias de cada sujeto.

Deben preparársela sociedad para satisfacer las necesidades de las personas en situación de discapacidad y lograr incrementar su participación a la práctica sistemática de actividades físicas.

 Debemos en consecuencia, diseñar un grupo de acciones con las que aportemos para la correcta promoción de la inclusión social de las personas en situación de discapacidad.

Hemos de comenzar por utilizar siempre los términos correctos para referirnos a su condición, para nada peyorativos, ni paternalistas, centrándonos fundamentalmente en la persona, aceptando que existen diferencias, pero que todos somos diferentes derribando de ese modo viejos mitos sobre la discapacidad, tendiendo a la verdadera inclusión que debe ser tomada como un trabajo de todos, incluidas las personas en situación de discapacidad.

Corresponde avanzar en la elaboración de un proyecto de ley que sea verdaderamente inclusivo para lograr de ese modo que el pensamiento del Varón Pierre de Cubertín “Todos los deporte para todos…” (Discurso de despedida del Congreso Olímpico de Praga 1925, p. 28) se plasme, creando verdaderos centros de actividades físicas deportivas y recreativas en los que la accesibilidad sea lo corriente y donde los N, N y A en situación de discapacidad puedan lograr su pleno desarrollo, psíquico, físico y emocional al poder desplegar sus cualidades físicas y permitir de ese modo la educación integral de los jóvenes en situación de discapacidad, incentivando su participación en las actividades fiscas recreativas que se desarrollan en la comunidad.

La concepción humanista del deporte y su excepcional inclinación pedagógica, convirtieron a Cubertin en un excelente defensor de la idea de que la actividad física constituye un medio inigualable en la formación armónica e integral de la personalidad del individuo. Entendía este referente del deporte que la actividad física no debía ser vista como un lujo, ni exclusiva de determinadas personas, y que debe ser patrimonio de todos por igual y su ausencia no puede sustituirse por nada.

Por su parte Ludwig Guttmann, quien creó el Centro de Lesionados Medulares Stoke Mandellville sito en Aylesburg, Gran Bretaña en el año 1944 donde se atendían ex soldados víctimas de las atrocidades de la II Guerra Mundial (1939-1945) y padre de los primeros juegos paralímpicos, entendió que la actividad física debe convertirse en una fuerza impulsora para que los/as minusválidos/as busquen o restablezcan el contacto con el mundo que los rodea y por consiguiente el reconocimiento como personas normales.

Debemos entender en consecuencia que el objetivo de la actividad física recreativa y práctica deportiva en las personas en situación de discapacidad no es la formación de un atleta de alto rendimiento para participar en una determinada competencia. Aquí la esencia es que ambas formas constituyen elementos terapéuticos, o sea, formas de llevar un tratamiento para una mejor calidad de vida; por eso los resultados no deben ser medidos solo por los éxitos alcanzados por una determinada persona, sino por la participación de la mayor cantidad de personas en situación de discapacidad posibles, dentro de un programa de deporte que emplee las instalaciones existentes y permita la interrelación con la persona no afectada.

Es fundamental entender que la actividad física representa la forma más natural de reeducación y bien desarrollada logra completar los métodos tradicionales de fisioterapia, debido a la gran ayuda que representa la posibilidad de recobrar fuerza, rapidez.

Es por ello que debemos comprender al ejercicio físico no como una lucha muscular por la fuerza y la victoria; sino como fuente de diversión. Su gran ventaja está en el hecho de que también es un medio de esparcimiento y un estímulo suplementario, ya que permite encontrar lo especial del juego y el deseo de exteriorizar alegría y placer de vivir que son sentimientos tan profundamente enraizados en todo ser humano. La actividad física es un medio fundamental, ya que tiene como finalidad favorecer el respeto de sí mismo, así como también con las demás personas que les rodean, el espíritu de competición y de camaradería, actitudes psíquicas de un particular interés para su integración y aceptación en la sociedad como personas normales.

Este muy especial estímulo que significa la participación en cualquier tipo de actividades física significa, al desarrollarse en un ámbito ameno y de compañerismo, incrementar la confianza en sí mismo; es por eso que la victoria no se consigue en la propia competición, sino con el propio esfuerzo. El resultado no se mide en décimas de segundo, ni es el número de golpes lo que cuenta; lo más importante es la voluntad de comprometerse; por ello todos empiezan desde el mismo punto de partida.

Dentro de la sociedad ocultista y temerosa en la que nos desenvolvemos, los padres, dentro de sus propios mecanismos de sobreprotección, tienden a desestimar la inclusión de sus niños y niñas en cualquier tipo de actividad física, viendo ésta como un peligro para la salud del niño o niña, y no como una forma de desarrollo de su capacidad. Acá también debemos desarrollar un trabajo de educación de los padres haciéndoles conocer y llevar al convencimiento de que, para poder lograr que sus hijos e hijas tengan un desarrollo integral no pueden dejar de incluir el deporte, la recreación al aire libre y el ejercicio físico sistemático como elementos imprescindibles para el logro de una buena calidad de vida y de una plena integración social de los mismos.

No hay dudas sobre la importancia de la actividad física para todo niño, niña y adolescente, se encuentre o no en situación de discapacidad, pero mientras aquellos niños y niñas que no padecen dificultades de ninguna índole tienen acceso a todo tipo de actividades, desde la temprana edad, aquellos N, N y A en situación de discapacidad, deben encontrar eco en los distintos estamentos gubernamentales que permitan lograr las facilidades para que puedan disponer de las posibilidades para practicar no solo deportes, sino acceder a distintos lugares de esparcimiento y recreación.

La experiencia nos ha demostrado que aquellos N, N y A que se encuentran vinculados sistemáticamente a la actividad física y la recreación muestran que su vida de relación es más armoniosa, cosechan más y mejores amistades, no solo dentro del ámbito de la discapacidad, permitiendo con ello menos aislamiento, con una participación más activamente en las actividades de su comunidad, es más independiente en las actividades de la vida diaria y contribuye más en las actividades del hogar, que aquellos que viven aislados y lejos de la actividad lúdico/recreativa ensimismados en su problemática y lejos de la posibilidad de mejorar su calidad de vida.

Las actividades físicas recreativas, en consecuencia, deben estar al alcance de todos independientemente de la edad, sexo, talento y capacidad; realizadas en tiempo libre, con una verdadera función educativa y auto educadora. El producto final de la actividad no debe ser los resultados, sino el crecimiento personal.

Al integrar a una persona con discapacidad en cada una de estas actividades con el sano consentimiento del resto de la sociedad y su total disposición luego de estar motivados, estamos venciendo el primer obstáculo. El segundo sería mantener la sistematicidad y constancia en las actividades y el tercero lograr su integración.

Nuestra labor será entonces de significativa importancia e irá encaminada a incorporar el mayor número de niños, niñas y adolescentes en situación de discapacidad en cada uno de los servicios. Brindar atención, seguimiento, confianza y placer durante el desarrollo de cada actividad, dándole a ocupar roles protagónicos; en fin, lograr que a través de su incorporación la persona en situación de discapacidad sienta o evidencie el cambio, es decir, que por sí sola vea en que magnitud puede la actividad ya sea puramente física o física recreativa influir en el tratamiento eficaz de su patología.


8. Propuestas


Entendemos de vital importancia que se sancione una ley que realmente haga hincapié en la problemática de los/las jóvenes deportistas en situación de discapacidad.

Esta normativa debería debería abarcar cuestiones atinentes a educación, finanzas, difusión, salud, que comprometan la necesidad de reestructurar completamente la visión respecto de los/as jóvenes en situación de discapacidad.

Deberían reformularse en educación las bases curriculares para asegurar la inclusión de los N, N y A en situación de discapacidad dentro de las actividades de la Educación Física desde la misma etapa pre escolar, para de ese modo normalizar la presencia de los N, N y A en situación de discapacidad en las clases de Educación Física.

Ello ha de lograrse comenzando por incluir verdaderas jornadas de capacitación docente, desde la misma formación de estos en los distintos profesorados. Por ende, como refiriera supra, reestructurar las bases curriculares desde el propio Ministerio de Educación para favorecer la inclusión plena.

Asimismo, sería de mucha utilidad el incentivar a las distintas instituciones deportivas a abrir los clubes para la práctica de deportes adaptados e inclusivos, mediante la asignación de subsidios para la adquisición de los elementos específicos y las exenciones impositivas a todas aquellas que abran las puertas a la práctica deportivo - recreativa y no solo competitiva.

A nivel de infraestructura es necesario la creación de nuevos espacios deportivos públicos o privados que prevean hacer accesibles los mismos a las personas en situación de discapacidad, con pisos acordes a la práctica del deporte y elementos aptos para las actividades adaptadas.

También las actividades llevadas a cabo por los deportistas en situación de discapacidad deberían tener la misma difusión que los deportes convencionales, lo que llevaría a que más jóvenes en situación de discapacidad se acercaran a la práctica deportiva y, con ello, a mejorar su calidad de vida.

No debemos olvidar nunca que la buena salud física - psíquica de la población está íntimamente relacionada a una actividad física y recreativa de calidad, ya decían los griegos "men sana in corpore sano", siendo evidente la necesidad de la actividad física con buenos controles de salud, para mejorar la calidad de vida de la población en general y de las personas en situación de discapacidad en particular.

Recordemos siempre que, a más del derecho a la vida, toda persona tiene derecho a una vida digna y en libertad, y dentro de esa idea debe primar el no ser nunca discriminado por ningún motivo, menos aún por padecer alguna situación de discapacidad, sea esta de cualquier índole y, por ende, debemos propender a formar una sociedad libre e inclusiva, en la cual todos nos desarrollemos en igualdad de oportunidades.


9. Bibliografía y fuentes de información


9.1 Bibliografía


Di Nasso (2011). Mirada histórica de la discapacidad. Fundació Cátedra.


Moro, T. (1516). Utopía. https://biblioteca.org.ar/libros/300883


Parés, S. (2016). Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad. Comentarios y Herramientas. Babel Editorial.


9.2 Fuentes de Información


Conoce los 5 objetivos que tiene el deporte adaptado en Teletón. https://www.teleton.cl 


Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/140000-144999/141317/norma.htm


Discapacitados sin fronteras. https://discapacitadossinfronteras.files.wordpress.com/2014/04/la-discapacidad-a-traves-de-la-historia.pdf


Educación Física Adaptada de Colorado. https://www.cde.state.co.us › brochure_ape_spanish


Efdeportes. https://www.efdeportes.com 
https://www.paralympic.org/es/classification


Enciclopedia. phttps://encyclopedia.ushmm.org/content/es/article/the-murder-of-people-with-disabilities


Fundación Empate. https://www.fundacionempate.org.ar


Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. http://www.juridicas.unam.mx/-https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv; https://revistas.juridicas.unam.mx/


La inclusión como parte de la intervención temprana para bebés. https://childcareta.acf.hhs.gov 


Munideporte. https://www.munideporte.com


Necesidades educativas especiales derivadas de la discapacidad física. https://campus.usal.es › actividades › actasuruguay2001


Normograma de discapacidad para la República de Colombia. https://www.minsalud.gov.co 


Olimpiadas espaciales. https://www.olimpiadasespeciales.org


OPS – OMS. https://www.paho.org/es/temas/discapacidad#:~:text=Las%20personas%20con%20discapacidad%20son,de%20condiciones%20con%20los%20dem%C3%A1s.


Revista Digital (abril, 2017). Educación Física y Deportes, 22, 227. http://www.efdeportes.com/








Unicef. https://www.unicef.org/lac/ninos-ninas-y-adolescentes-con-discapacidad

Vida Independiente.ar


Universidad Nacional Autónoma de México, IIJ-BJV, 2019. https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/issue

1 Abogado (UNC). Profesor de Educación Física (IPEF). Diplomado en Derecho de Daños (Universidad Siglo XXI). Doctorando en Derecho (UCES). Magistrado Jubilado como Vocal de Cámara en lo Criminal y Correccional de San Francisco, Córdoba. Docente (UCES). Investigador en el Proyecto de Investigación “Los Derechos Humanos en Argentina ante los nuevos desafíos” dirigido por los Dres. Paola Urbina y Darío Spada. Miembro del InCJyP, Instituto de Ciencias Jurídicas y Políticas (UCES). ORCID: https://orcid.org/0000-0001-5486-2640

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