Ratio Iuris
Revista de Derecho
UCES
Vol. 14 Núm. 1, enero-junio 2026, pp. 32-49
ISSN: 2347-0151 (en línea)
La Inteligencia Artificial aplicada a la mediación
Comparación entre Argentina y Brasil
In memoriam de Júlio Ríbas Boeng
Jeff David Mac Donald da Silveira Carneiro
Asociación de Delegados de Policía de Brasil, Amazonas, Brasil
ORCID:
https://orcid.org/0009-0009-5160-2515
Correo electrónico: jeff.david.macdonald@gmail.com
Luciana Lima Augusto Nasser
Policía de Brasil, Amazonas, Brasil
ORCID:
https://orcid.org/0009-0004-6114-2755
Correo electrónico: lucianalima2512@gmail.com
Osman Nasser Antunes Aguiar
Policía de Brasil, Amazonas, Brasil
ORCID:
https://orcid.org/0009-0000-9033-7333
Correo electrónico: osman_nasser@hotmail.com
Seldon Rodrigues Duarte Júnior
Policía de Brasil, Amazonas, Brasil
ORCID:
https://orcid.org/0000-0003-4762-2889
Correo electrónico: seldonjr31@gmail.com
Recibido: 10 de febrero de 2026
Aprobado: 6 de marzo de 2026
Para citar este artículo:
Mac Donald da Silveira Carneiro, J. D, Lima Augusto Nasser, L, Nasser Antunes Aguiar, O., y Rodrigues Duarte Júnior, S. (enero-junio 2026). La Inteligencia Artificial aplicada a la mediación.
Comparación entre Argentina y Brasil. Ratio Iuris, 14(1), 32-49.
ARK CAICYT: https://id.caicyt.gov.ar/ark:/s23470151/zpjrpvrcc
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4.0 Internacional
Resumen: El presente estudio tiene como objetivo analizar el papel de la inteligencia artificial (IA) en los procesos de mediación de conflictos en Brasil y Argentina, especialmente en contextos institucionales. Partiendo de la constatación de que ambas naciones han adoptado, con intensidades y estrategias distintas, mecanismos autocompositivos de resolución de conflictos, el estudio analiza la integración de la IA como herramienta complementaria a la actuación humana, sin prescindir de la figura del mediador. La mediación, ya consolidada como mecanismo de desjudicialización y pacificación social, encuentra en la IA recursos capaces de ampliar la rapidez, la precisión y la previsibilidad en la resolución de controversias. En Brasil, la Resolución La CNJ 125/2010 y la Ley 13.140/2015 fueron hitos en la institucionalización de la mediación, mientras que la Estrategia Brasileña de Inteligencia Artificial (EBIA) orienta el uso ético de la IA en el sector público. En Argentina, las experiencias piloto con el software NegociaThor One y las acciones promovidas por el Ministerio de Justicia muestran avances significativos hacia la mediación asistida por IA. El estudio adopta una metodología cualitativa, basada en el análisis documental, normativo y bibliográfico, y propone una reflexión crítica sobre los beneficios, los retos y los límites éticos de este nuevo escenario híbrido. Se concluye que la IA, cuando se aplica con responsabilidad, puede reforzar el protagonismo de las partes y optimizar la actuación del Estado en la resolución de litigios de menor complejidad, sin sustituir la escucha empática y la sensibilidad humana.
Palabras clave: Inteligencia artificial, mediación, Brasil, Argentina, instituciones.
Abstract: This research aims to analyze the role of Artificial Intelligence (AI) in conflict mediation processes in Brazil and Argentina, especially in institutional contexts. Starting from the observation that both countries are adopting self-compositional mechanisms with different intensities and strategies, the study discusses the integration of AI as a complementary tool to human performance, without replacing the mediator. Mediation, already established as a mechanism for dejudicialization and social pacification, finds in AI resources the potential to enhance speed, accuracy, and predictability in resolving disputes. In Brazil, CNJ Resolution 125/2010 and Law 13.140/2015 were landmarks in institutionalizing mediation, while the Brazilian Artificial Intelligence Strategy (EBIA) provides ethical guidelines for AI in the public sector. In Argentina, pilot experiences with the NegociaThor One software and initiatives promoted by the Ministry of Justice indicate significant advances toward AI-assisted mediation. This study uses a qualitative methodology based on documental, normative, and bibliographic analysis, proposing a critical reflection on the benefits, challenges, and ethical boundaries of this hybrid scenario. It concludes that AI, when applied responsibly, can reinforce party protagonism and optimize the State’s performance in resolving low-complexity disputes, without replacing empathic listening and human sensitivity.
Keywords: Artificial intelligence, mediation, Brazil, Argentina, institutions.
Resumo: O presente estudo tem como objetivo analisar o papel da inteligência artificial (IA) nos processos de mediação de conflitos no Brasil e na Argentina, especialmente em contextos institucionais. Partindo da constatação de que ambas as nações adotaram com intensidades e estratégias distintas, mecanismos autocompositivos de resolução de conflitos, o estudo analisa a integração da IA como ferramenta complementar à atuação humana sem prescindir da figura do mediador. A mediação já consolidada como mecanismo de desjudicialização e pacificação social encontra na IA recursos capazes de ampliar a rapidez, a precisão e a previsibilidade na resolução de controvérsias. No Brasil, a Resolução CNJ 125/2010 e a Lei 13.140/2015 foram marcos na institucionalização da mediação, enquanto a Estratégia Brasileira de Inteligência Artificial (EBIA) orienta o uso ético da IA no setor público. Na Argentina, as experiências-piloto com o software NegociaThor One e as ações promovidas pelo Ministério da Justiça demonstram avanços significativos rumo à mediação assistida por IA. O estudo adota uma metodologia qualitativa, baseada na análise documental, normativa e bibliográfica, propondo uma reflexão crítica sobre os benefícios, os desafios e os limites éticos desse novo cenário híbrido. Conclui-se que a IA, quando aplicada com responsabilidade, pode reforçar o protagonismo das partes e otimizar a atuação do Estado na resolução de litígios de menor complexidade, sem substituir a escuta empática e a sensibilidade humana.
Palavras chave: Inteligência artificial, mediação, Brasil, Argentina, instituições.
Introducción
La sobrecarga estructural del Poder Judicial y la necesidad de soluciones más rápidas y eficaces para los litigios han impulsado la mediación como política pública en varios países latinoamericanos, destacándose Brasil y Argentina. En este contexto, la Inteligencia Artificial (IA) emerge como un elemento disruptivo, capaz de transformar la práctica de la mediación sin suprimir sus fundamentos humanísticos, tales como la autonomía de las partes, la confidencialidad y la empatía.
En Brasil, la Resolución nº 125/2010 del Consejo Nacional de Justicia (CNJ) y la Ley nº 13.140/2015 consolidaron la mediación como un mecanismo prioritario de autocomposición, ampliado mediante los Centros Judiciales de Solución de Conflictos (CEJUSCs). Más recientemente, la Estrategia Brasileña de Inteligencia Artificial (EBIA), instituida por la Portaria nº 4.617/2021, delineó parámetros técnicos y éticos para la aplicación de la IA en el sector público, incluida la mediación judicial y extrajudicial.
En Argentina, iniciativas como el proyecto NegociaThor One, desarrollado por ODR Latinoamérica y aplicado en provincias como San Luis y Chubut, revelan un movimiento progresivo de integración de la IA como herramienta auxiliar en la mediación. La experiencia argentina, de carácter experimental, busca ampliar la eficiencia del procedimiento sin comprometer el protagonismo de las partes ni la neutralidad del mediador.
A partir de este contexto, la investigación partió de la hipótesis de que la IA, cuando se aplica de forma ética y supervisada, no sustituye al mediador humano, sino que actúa como un instrumento de apoyo, ampliando la eficiencia, la previsibilidad y la rapidez de los procedimientos. Esta hipótesis fue confirmada al constatar que, en ambos países, la IA viene siendo implementada de forma complementaria, reforzando la mediación como medio de pacificación social y de desjudicialización.
El objetivo general del trabajo consistió en evaluar de qué manera la integración de la IA en los mecanismos de mediación puede contribuir a la efectividad del sistema de justicia multipuerta y a la pacificación social en litigios de menor complejidad.
De esta directriz se derivan los siguientes objetivos específicos, todos alcanzados a lo largo de la investigación: a) Examinar los marcos normativos que estructuran la mediación y la aplicación de la IA en Brasil y Argentina; b) Identificar y comparar prácticas institucionales de mediación asistida por IA en ambos países, destacando el sistema SINAPSES en Brasil y la plataforma NegociaThor One en Argentina; c) Evaluar los impactos prácticos de la IA en términos de celeridad, personalización de las soluciones y apoyo técnico al mediador; d) Analizar los dilemas éticos y jurídicos que implica la mediación con IA, especialmente en cuanto a la responsabilidad, la confidencialidad y los riesgos de sesgo algorítmico y e) Verificar el uso de la IA como instrumento de formación y perfeccionamiento continuo de mediadores.
La metodología empleada fue cualitativa, basada en análisis documental, normativo y bibliográfico. Se examinaron leyes, resoluciones administrativas, informes institucionales y artículos doctrinarios sobre mediación e inteligencia artificial en ambos países. También se adoptó un enfoque comparativo, con el fin de identificar convergencias, divergencias y perspectivas de integración entre los modelos analizados.
De este modo, el estudio se inserta en el esfuerzo académico de comprender cómo la tecnología puede dialogar con prácticas humanísticas de resolución de conflictos, contribuyendo a una justicia más accesible, inclusiva y eficiente, sin renunciar a la centralidad del ser humano en el proceso de pacificación social.
Marco normativo e institucional de la mediación y la inteligencia artificial en Brasil y Argentina
Brasil, consolidación normativa e integración con la inteligencia artificial
En Brasil, el marco normativo de la mediación se formalizó con la promulgación de la Ley nº 13.140/2015, que estableció los parámetros legales para la mediación judicial y extrajudicial como método de resolución de conflictos. De manera complementaria, la Resolución CNJ nº 125/2010 estableció la Política Judicial Nacional para el tratamiento adecuado de los conflictos, creando los Centros Judiciales de Solución de Conflictos y Ciudadanía (CEJUSCs) en todo el territorio nacional (Sabó y Rover, 2021).
La mediación se basa en el protagonismo de las partes, guiándose por los principios de confidencialidad, imparcialidad del mediador y búsqueda de soluciones consensuadas. En virtud del artículo 20, apartado 1, de la Ley nº 13.140/205, los acuerdos firmados en mediación, cuando son homologados judicialmente, adquieren fuerza de título ejecutivo judicial, lo que promueve la seguridad jurídica y contribuye a la desjudicialización de los conflictos.
Con el avance tecnológico, la Resolución CNJ nº 332/2020 pasó a regular el uso de la inteligencia artificial en el ámbito judicial, destacando principios como la transparencia, la prevención de sesgos, la explicabilidad algorítmica y la supervisión humana. La norma deja claro que la IA debe servir de apoyo y nunca sustituir el juicio humano en los procesos judiciales y administrativos (Santos y Mattos, 2025).
Además, la Estrategia Brasileña de Inteligencia Artificial (EBIA), instituida por la Ordenanza MCTI nº 4.617/2021, proporciona directrices nacionales para la aplicación ética y segura de la IA en los servicios públicos, incluida la justicia. Esta directriz corrobora iniciativas como el sistema SINAPSES, del CNJ, que aplica la IA para la selección inteligente de casos con potencial de autocomposición y su distribución automática a los CEJUSCs (DANTAS, 2025).
Cabe mencionar que la IA ya se está utilizando para el análisis de sentimientos, la sugerencia de términos de acuerdos basados en soluciones anteriores y la simulación de posibles escenarios (Dantas, 2025), ampliando las herramientas a disposición de los mediadores y haciendo que el proceso sea más eficiente y personalizado.
Argentina: experiencia histórica. Obligatoriedad e innovaciones con IA
En Argentina, la mediación se instituyó a nivel nacional mediante la Ley nº 24.573/1995, que estableció la obligatoriedad de la mediación previa a la judicialización de los litigios civiles y comerciales, salvo excepciones legales. La norma consolidó principios como la confidencialidad, la igualdad entre las partes, la imparcialidad del mediador y la agilidad en el proceso (Guimarães, Júnior y Netto, 2022).
Posteriormente, la Ley Nº 26.589/2010 perfeccionó la institución, manteniendo, sin embargo, su estructura esencial y exigiendo que los mediadores tengan el título de abogado con al menos tres años de inscripción, además de formación específica en mediación. Esta cualificación refuerza el carácter técnico y jurídico del papel del mediador argentino.
A diferencia del modelo brasileño, la mediación argentina se lleva a cabo principalmente fuera del ámbito judicial, en centros vinculados al Ministerio de Justicia o a instituciones académicas, lo que promueve un ambiente menos litigioso y más propicio para la conciliación.
Recientemente, Argentina ha estado experimentando la integración entre la mediación y la inteligencia artificial a través de proyectos innovadores como NegociaThor One, una plataforma creada por la red ODR Latinoamérica. Este sistema se ha implementado de forma experimental en provincias como San Luis y Chubut, con la autorización del Poder Judicial local (Justicia.ar, 2025).
Según Leyría (2025), la IA actúa como un recurso técnico complementario y nunca como sustituto del mediador. Entre sus funciones destacan la identificación de intereses subyacentes, la simulación de escenarios con feedback personalizado y la sugerencia de propuestas basadas en criterios objetivos, siempre con supervisión humana y consentimiento informado de las partes.
Consideraciones comparativas: similitudes, diferencias y convergencia tecnológica
Aunque Brasil y Argentina presentan puntos de convergencia en el uso de la mediación —como la valoración del consenso y el reconocimiento de la mediación como política pública—, difieren en cuanto a la obligatoriedad del procedimiento, el lugar de celebración y la cualificación de los mediadores. Mientras que en Brasil la mediación es facultativa y suele tener lugar en los tribunales, en Argentina es obligatoria y se lleva a cabo en centros independientes del Poder Judicial (Guimarães, Júnior y Netto, 2022).
En lo que respecta a la inteligencia artificial, ambos países avanzan hacia un modelo híbrido, en el que la tecnología se suma a la experiencia humana. Sin embargo, Brasil cuenta con un marco normativo más sólido y centralizado (CNJ, EBIA), mientras que Argentina se ha destacado por la experimentación práctica en proyectos locales innovadores.
Como resume Elisabetsky (2025), la IA no reemplaza al mediador, al contrario, lo complementa con una mirada neutral y objetiva sin emociones que reduce la confrontación.
CEJUSC y Centros de Mediación Argentinos: una mirada comparada con foco en la experiencia de la Plataforma NegociaThor
La mediación, como política pública de acceso a la justicia, se concreta institucionalmente a través de estructuras específicas en los sistemas judiciales. En Brasil, esta función la desempeñan los Centros Judiciales de Solución de Conflictos y Ciudadanía (CEJUSC), mientras que en Argentina la mediación se lleva a cabo predominantemente en Centros de Mediación administrados por organismos públicos o universidades, con especial énfasis en los programas de mediación comunitaria y escolar.
Los CEJUSC fueron creados por la Resolución CNJ nº 125/2010 y están destinados a atender demandas tanto preprocesales como procesales, actuando como puertas de entrada de la Justicia para la autocomposición. Estas unidades integradas al Poder Judicial operan con una estructura física en los juzgados, funcionarios capacitados y mediadores registrados, y utilizan sistemas electrónicos para el registro y seguimiento de los procedimientos (Dantas, 2025).
Por su parte, los Centros de Mediación de Argentina, según la estructura descentralizada coordinada por el Ministerio de Justicia, actúan con mediación obligatoria previa en conflictos civiles y comerciales. En estos centros, la figura del mediador es eminentemente autónoma, aunque formada dentro de los estándares institucionales, lo que proporciona una mayor flexibilidad operativa, incluso para innovaciones tecnológicas experimentales como la plataforma NegociaThor One, aplicada en las provincias de San Luis, Chubut y Neuquén (Justicia.ar, 2025).
La experiencia de NegociaThor One, coordinada por Verónica Leyría y respaldada por la red ODR Latinoamérica, representa un avance disruptivo en el modelo argentino. Se trata de una herramienta de inteligencia artificial aplicada a la negociación integrativa, capaz de realizar tareas como: a) identificación de intereses ocultos de las partes; b) sugerencia de propuestas basadas en datos empíricos y decisiones anteriores; c) simulación de escenarios y consecuencias jurídicas de las alternativas presentadas; y d) análisis comparativo de beneficios mutuos basado en criterios objetivos.
Esta práctica, aprobada mediante la Resolución ADM nº 389/2015 del Tribunal Superior de Justicia de San Luis, destaca por su carácter experimental y controlado, que implica el consentimiento de las partes y el análisis posterior de los resultados por parte de la Dirección de Coordinación de Mediación Judicial y Extrajudicial de la provincia.
En Brasil, aunque todavía no existe una plataforma similar institucionalizada, ya se están utilizando algunas herramientas de IA para la selección inteligente, el análisis predictivo de litigios y la automatización de documentos en entornos como el CEJUSC, especialmente a través de sistemas desarrollados por el CNJ, como el SINAPSES. Sin embargo, la IA en los CEJUSC todavía se centra más en el apoyo administrativo y judicial, con menor profundidad en las funciones sustantivas de la mediación (Dantas, 2025).
Por último, la experiencia argentina destaca por poner la tecnología al servicio de la empatía, como resume Horowitz (2024), quien enfatiza el uso de la IA como herramienta para fomentar el protagonismo de las partes, y no para sustituirlas. Véase:
Lo único mejor que un mediador es un mediador con inteligencia artificial porque tendrá mayor velocidad de respuesta para guiar a las partes, por ejemplo, formulando preguntas conducentes a la solución de un conflicto o exhibiendo todas las posibilidades de alcanzar un acuerdo equitativo (párr. 3).
Esta comparación pone de manifiesto que los centros argentinos están a la vanguardia en términos de integración práctica de la IA en la mediación propiamente dicha, mientras que los CEJUSC presentan un modelo institucional más sólido y regulado, pero aún en fase inicial en cuanto a la aplicación directa de la IA en los procedimientos de mediación.
Aplicaciones prácticas de la inteligencia artificial en la mediación: herramientas, ejemplos e impactos en ambos países
La integración de la inteligencia artificial (IA) en los mecanismos de mediación representa una de las innovaciones más prometedoras en el campo de la justicia multipuerta. La aplicación práctica de estas herramientas se está probando tanto en Brasil como en Argentina, con objetivos comunes: aumentar la eficiencia, promover la celeridad, ampliar el acceso a la justicia y potenciar la actuación de los mediadores humanos.
Herramientas tecnológicas en desarrollo
En Brasil, el Consejo Nacional de Justicia (CNJ) ha estado desarrollando herramientas de IA orientadas a la gestión y selección de procesos con potencial de autocomposición. Un ejemplo es el Sistema SINAPSES, que utiliza algoritmos para analizar las peticiones iniciales, identificar patrones en demandas repetitivas y sugerir su remisión a los CEJUSC.
La IA puede utilizarse para la clasificación automatizada de casos basada en la clasificación del tipo de conflicto, la sugerencia de términos de acuerdos basados en soluciones anteriores y el análisis de sentimientos para comprender el perfil emocional de las partes (Dantas, 2025).
Sin embargo, en el contexto brasileño, las herramientas tecnológicas siguen estando más orientadas al apoyo operativo y decisorio del Poder Judicial, con menor penetración en las rutinas prácticas de los mediadores, lo que representa una laguna que deben explorar las instituciones.
En Argentina, por su parte, se observan avances significativos en la implementación práctica de la IA durante el procedimiento de mediación. La herramienta NegociaThor One, desarrollada por ODR Latinoamérica, es un ejemplo pionero de aplicación concreta de la IA en la resolución consensuada de conflictos, basada en algoritmos de negociación integrativa.
Como se ha mencionado, el sistema permite al profesional identificar intereses subyacentes, generar opciones de beneficio mutuo, simular escenarios y presentar alternativas basadas en criterios objetivos (Leyría, 2025).
Esta herramienta se probó en tres audiencias reales en la provincia de San Luis con el consentimiento informado de las partes, supervisada por mediadores y autorizada por la Resolución ADM nº 389/2015, consolidándose como un hito de innovación normativa y metodológica (Justicia.ar, 2025).
Ejemplos concretos de aplicación
En Argentina, la experiencia piloto de mediación asistida por IA se llevó a cabo en los centros de mediación de Villa Mercedes y Merlo. La elección de la plataforma NegociaThor se debió a su capacidad para incorporar algoritmos predictivos, personalizar las indicaciones según el tipo de conflicto y proporcionar retroalimentación en tiempo real a los mediadores.
Otros ejemplos citados incluyen el uso de la IA para preparar audiencias, generar preguntas estratégicas, analizar textos legales y predecir resultados, siempre bajo la supervisión de un mediador humano (Elisabetsky, 2025).
En Brasil, aunque todavía no existe un software equivalente a NegociaThor que se aplique directamente a la mediación, ya hay iniciativas puntuales, como el uso del sistema Victor en el Tribunal Supremo Federal (STF), que utiliza la IA para ayudar en la selección de recursos. En el ámbito extrajudicial, algunas cámaras privadas de mediación han comenzado a probar el uso de plataformas en línea, con recursos de lenguaje natural y simulación de acuerdos, pero aún sin una validación institucional equivalente a la de Argentina (Dantas, 2025).
Impactos observados y proyecciones futuras
Los impactos del uso de la IA en la mediación, según los documentos analizados, pueden agruparse en tres ejes principales: (i) la rapidez, ya que reduce el tiempo de resolución al ofrecer opciones previamente analizadas por algoritmos, lo que agiliza las audiencias presenciales y virtuales (Leyría, 2025; Dantas, 2025); (ii) la personalización y el análisis contextual, ya que las herramientas adaptan los escenarios según las variables del caso concreto, con análisis predictivo basado en casos similares; y (iii) el apoyo técnico al mediador, ya que actúa como asistente en la elaboración de preguntas eficaces, en la organización de datos y en la visualización de estrategias consensuadas.
Sin embargo, también deben tenerse en cuenta las repercusiones éticas. En Brasil, la Resolución CNJ 332/2020 hace hincapié en la necesidad de la supervisión humana, la explicabilidad de los algoritmos y el respeto de los derechos fundamentales. Esto se ajusta a la directriz argentina, que exige el consentimiento informado y la transparencia en el funcionamiento de la IA.
Es importante destacar que la IA no puede sustituir al elemento humano, ya que es a partir de la empatía y el conocimiento social y jurídico que el mediador comprende el conflicto y conduce a las partes a soluciones legítimas (Santos y Mattos, 2024).
Retos éticos y jurídicos de la mediación con inteligencia artificial
La incorporación de la inteligencia artificial (IA) en la mediación de conflictos representa una disrupción tecnológica con un alto potencial transformador. Sin embargo, este avance no se produce sin plantear importantes dilemas éticos y jurídicos. La autonomía de la voluntad, la confidencialidad y la imparcialidad del mediador, pilares fundamentales de la mediación, se ven tensionados cuando los algoritmos pasan a integrar los procesos de resolución de disputas. Los documentos analizados revelan que Brasil y Argentina ya se enfrentan a estas cuestiones, aunque en etapas diferentes.
Ética de la automatización: entre la celeridad y la neutralidad
En Brasil, la Resolución CNJ nº 332/2020 dispone sobre la ética, la transparencia y la gobernanza de la producción y el uso de la IA en el Poder Judicial. Entre sus principios destacan: a) la supervisión humana continua; b) la prevención de sesgos algorítmicos; c) la explicabilidad de las decisiones tomadas basadas en la IA; y e) el respeto a la dignidad y los derechos fundamentales (Dantas, 2025).
Estos principios reafirman que la IA debe ser una herramienta auxiliar y no un sustituto de la acción humana. La actividad de juzgar, decidir y dictar sentencia no puede delegarse en una máquina (Cardoso, 2021). Del mismo modo, el mediador no puede reducirse a un mero espectador de algoritmos, ya que su papel activo en la escucha, la creación de empatía y la lectura del contexto sociocultural de las partes es insustituible.
En Argentina, el uso de la plataforma NegociaThor One, aunque innovador, está rodeado de precauciones éticas. La herramienta solo puede utilizarse con el consentimiento informado de las partes y bajo la supervisión del mediador (Leyría, 2025).
Aunque los algoritmos pueden identificar intereses ocultos, simular escenarios y sugerir soluciones, es indispensable que el mediador mantenga la autonomía decisoria y que las partes comprendan los límites de la actuación de la IA en el proceso. La ética de la mediación exige transparencia sobre los datos utilizados, sus fines y los mecanismos de decisión automatizada, algo que no siempre es trivial en el uso de la IA de lenguaje generativo o el aprendizaje profundo.
Legalidad y cuestión de la responsabilidad
Otro punto crítico se refiere a la legalidad de los actos de mediación con ayuda de la IA. En Brasil, la Ley nº 13.140/2015 establece que la mediación puede generar títulos ejecutivos extrajudiciales o judiciales. Surge entonces la duda: ¿las decisiones sugeridas por algoritmos pueden influir en la formación de un título con plena eficacia jurídica? La ausencia de una normativa específica para las mediaciones asistidas por IA impide dar una respuesta clara.
Desde el punto de vista de la responsabilidad, es necesario reflexionar. ¿Quién responde por un posible fallo de un sistema de IA que induzca a una propuesta de acuerdo errónea? ¿Sería el programador, la institución que adoptó la tecnología o el mediador que validó la sugerencia? Se propone mantener siempre la supervisión humana final como forma de salvaguarda jurídica y ética, preservando la confianza en las decisiones firmadas con la ayuda de la tecnología (Dantas, 2025).
En Argentina, aunque la Resolución ADM nº 389/2015 autorizó la aplicación de NegociaThor, se exige que los resultados se comuniquen a la Dirección de Coordinación de Mediación Judicial, para el control institucional y el análisis de los impactos legales de la herramienta. Esto demuestra un enfoque responsable y cauteloso frente al potencial normativo de la IA (Justicia.ar, 2025).
Confidencialidad y seguridad de la información
La mediación es, por definición, un proceso confidencial. La introducción de sistemas de IA, que a menudo operan con grandes volúmenes de datos, almacenamiento en la nube y lenguajes abiertos, representa un riesgo para la protección de la privacidad de las partes.
El uso de herramientas como NegociaThor, por ejemplo, exige que todos los datos introducidos sean anonimizados o protegidos mediante cifrado, so pena de infringir las obligaciones legales de confidencialidad. Lo mismo se aplica a Brasil, donde la Ley General de Protección de Datos Personales (LGPD, Ley nº 13.709/2018) se aplica plenamente a los datos sensibles tratados en plataformas de mediación con IA.
El manejo de la IA en la mediación debe ser supervisado por técnicos y operadores jurídicos capacitados, ya que las nomenclaturas y los datos sensibles tratados de forma errónea pueden causar daños irreversibles al proceso (Santos y Mattos, 2024).
Sesgo algorítmico e inclusión
El sesgo algorítmico es uno de los mayores riesgos asociados a la IA en términos de toma de decisiones. En contextos de mediación, las decisiones sesgadas pueden reproducir patrones discriminatorios de género, raza, ingresos u origen, socavando la imparcialidad del proceso.
La Resolución CNJ nº 332/2020 intenta prevenir tales distorsiones al exigir transparencia en los modelos de IA e inclusión de auditorías periódicas. Argentina, aunque aún no cuenta con un marco específico sobre el tema, ha estado debatiendo la necesidad de evaluar los resultados de las pruebas con IA en mediaciones de manera pública y controlada.
Es necesario garantizar que la IA no se convierta en un filtro excluyente, restringiendo el acceso a la mediación a aquellos que poseen un mayor nivel de alfabetización digital o dominio técnico. La mediación, como instrumento de justicia ciudadana, debe seguir siendo accesible y justa.
La inteligencia artificial como herramienta de formación y perfeccionamiento de mediadores
Este capítulo examina cómo se ha utilizado la IA en Brasil y Argentina como herramienta de formación continua, autoevaluación profesional y simulación estratégica de conflictos, destacando que la cualificación de los mediadores es un elemento esencial para el éxito de los procedimientos de autocomposición. La inteligencia artificial (IA), cuando se aplica con fines pedagógicos, surge como un recurso innovador para el desarrollo técnico y emocional de los profesionales de la mediación.
Simulación de casos y entornos virtuales de formación
La IA ofrece a los mediadores la posibilidad de entrenar habilidades a través de entornos simulados, que reproducen situaciones reales basadas en bases de datos y algoritmos predictivos. También puede actuar como planificadora de sesiones, proporcionando ejemplos de preguntas, mapeo de intereses y obstáculos potenciales para la resolución de conflictos, a partir del tipo de disputa a ser enfrentada (Edwards, 2024).
Este tipo de herramienta permite al mediador probar diferentes enfoques y observar los resultados en tiempo real, lo que fomenta el aprendizaje a través de la experiencia simulada. Cabe destacar que la IA puede programarse para ofrecer retroalimentación sobre el desempeño del mediador, a partir del análisis de sus preguntas, reacciones y resultados obtenidos durante una mediación simulada (Edwards, 2024).
Estos recursos constituyen innovaciones pedagógicas de gran potencial, ya que permiten desarrollar competencias fundamentales como la escucha activa, la construcción de empatía, la gestión de impasses y la organización de propuestas basadas en criterios objetivos.
La IA como herramienta de superación personal: reflexión profesional guiada
El uso de la IA como herramienta de superación personal promueve una especie de mentoría automatizada, en la que el propio profesional puede revisar su desempeño basándose en parámetros objetivos, lo que genera un aprendizaje continuo. Se trata de una propuesta alineada con el concepto de aprendizaje reflexivo, muy valorado en las prácticas formativas contemporáneas.
En Brasil, aunque todavía incipiente, esta posibilidad se ajusta a la Resolución CNJ nº 125/2010, que establece la necesidad de formación y reciclaje periódico de los mediadores. La adopción de plataformas de IA orientadas a la mejora profesional representa una oportunidad para sistematizar la formación, especialmente en estados con menor oferta de cursos presenciales.
Formación emocional e inteligencia relacional con apoyo tecnológico
Uno de los mayores retos en la formación de mediadores es el desarrollo de la inteligencia emocional y la empatía, competencias que a menudo no se pueden medir con métodos tradicionales. La inteligencia artificial puede utilizarse como recurso complementario en la formación de habilidades emocionales, no para sustituirlas, sino para ofrecer una lectura interpretativa de las expresiones, los sentimientos y las reacciones de las partes en simulaciones mediadas (Santos y Mattos, 2024).
Las herramientas con análisis biométrico o del lenguaje no verbal, por ejemplo, pueden proporcionar informes en tiempo real sobre los patrones de comunicación interpersonal, ayudando al mediador a identificar zonas de tensión o resistencia silenciosa.
Además, existen tecnologías emergentes que interpretan las emociones humanas mediante la IA, lo que permite al mediador poner a prueba su sensibilidad interpersonal y ajustar su enfoque en función del perfil emocional de las partes implicadas (Edwards, 2024).
El caso argentino: formación innovadora con el uso de NegociaThor One
En Argentina, la herramienta NegociaThor One también se está utilizando en procesos de formación, sobre todo en la creación de escenarios de formación en negociación integrativa, promoviendo la comprensión de modelos de acuerdos y estrategias basadas en datos empíricos (Leyría, 2025).
La aplicación en fase de prueba contó con el apoyo de ODR Latinoamérica e integró la formación académica de mediadores vinculados a la Universidad Nacional de Tres de Febrero, poniendo de manifiesto la posibilidad de articulación entre la IA y la educación profesional en el ámbito jurídico-comunicacional.
Este enfoque pone de manifiesto una práctica pedagógica pionera que se adelanta a las tendencias internacionales en el uso de la IA en la formación de profesionales de la justicia. Se trata de una experiencia que podría inspirar la creación de núcleos de capacitación tecnológica para mediadores brasileños, especialmente vinculados a los CEJUSCs.
Conclusión
El estudio comparativo entre Brasil y Argentina sobre la aplicación de la Inteligencia Artificial (IA) en la mediación de conflictos reveló un panorama prometedor, pero igualmente desafiante. Ambos países demuestran compromisos institucionales con la desjudicialización y la consolidación de la mediación como política pública, aunque siguen caminos distintos en cuanto a la integración tecnológica.
En Brasil, el marco normativo consolidado —Ley n.º 13.140/2015, Resoluciones CNJ n.º 125/2010 y n.º 332/2020— ofrece seguridad jurídica, pero la aplicación práctica de la IA sigue restringida a herramientas de apoyo administrativo y de selección predictiva, como el sistema SINAPSES. En cambio, Argentina avanza con mayor audacia en experiencias piloto, como la plataforma NegociaThor One, aplicada en provincias como San Luis, Chubut y Neuquén, donde la IA colabora directamente en el procedimiento de mediación, siempre bajo supervisión humana y con consentimiento informado.
Las evidencias demostraron que la IA no reemplaza el rol del mediador humano, sino que actúa como instrumento de apoyo técnico, ampliando la eficiencia, la celeridad y la previsibilidad. La mediación requiere sensibilidad, empatía y una lectura sociocultural del conflicto, aspectos que los algoritmos aún no alcanzan. Por eso, se confirmó la hipótesis de que la IA, utilizada de manera ética y supervisada, fortalece —pero no reemplaza— la actuación humana.
Además, se delinearon salvaguardas indispensables para la incorporación de la IA en los procesos de mediación: supervisión humana significativa, transparencia y explicabilidad algorítmica, prevención de sesgos, protección de datos y consentimiento informado.
Las
contribuciones al Derecho pueden darse desde varias perspectivas,
entre ellas:
a) Sistematización comparativa inédita
(Brasil–Argentina): el trabajo organiza y coteja los marcos
normativos e institucionales, proporcionando un mapa analítico
relevante para investigadores, legisladores y operadores del sistema
judicial;
b) Marco conceptual de “mediación híbrida” con
salvaguardas: propone un modelo en el cual la IA actúa como
asistente técnico del mediador, nunca como sustituto, fijando
criterios de gobernanza (supervisión humana, explicabilidad,
auditorías y cumplimiento con la protección de datos); c) Criterios
operativos para la práctica institucional: describe usos de alto
impacto y bajo riesgo (cribado, apoyo informacional, simulaciones de
escenarios) y limitaciones (prohibición de decisiones automatizadas
sin revisión humana);
d) Mejora en la formación de mediadores:
señala cómo la IA puede incorporarse a la formación continua,
mediante simulaciones, retroalimentación estratégica y
entrenamiento de competencias socioemocionales; e) Agenda regulatoria
y dogmática: identifica temas centrales para futuras normativas
específicas, como la distribución de responsabilidades por fallas
algorítmicas, los límites de la automatización y los requisitos de
validez de los acuerdos mediados con apoyo de IA; f) Contribución a
la justicia multipuerta y a la desjudicialización: evidencia que el
uso responsable de la IA amplía el acceso a la justicia, reduce la
duración de litigios de menor complejidad y fortalece políticas de
pacificación social, sin abdicar de la centralidad humana.
En síntesis, la investigación consolida fundamentos teóricos, prácticos y regulatorios para la construcción de una mediación híbrida, ética y eficaz, en la cual la tecnología potencia, pero no reemplaza, la actuación humana. Se trata de una hoja de ruta para la implementación y de una base dogmática sólida para el desarrollo del Derecho en la era algorítmica.
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