Ratio Iuris

Revista de Derecho

UCES

Vol. 14 Núm. 1, enero-junio 2026, pp. 3-31

ISSN: 2347-0151 (en línea)




Cómo lograr una paridad efectiva en la política mediante leyes de cuotas en Argentina



Juliana Maria Cunha Reis

Centro de Integración Empresa Escola de Minas Gerais, Minas Gerais, Brasil

ORCID: https://orcid.org/0009-0001-2179-6824

Correo electrónico: julianacunhareis@gmail.com



Recibido: 3 de febrero de 2026

Aprobado: 4 de marzo de 2026



Para citar este artículo:

Cunha Reis, J. M. (enero-junio 2026). Cómo lograr una paridad efectiva en la política mediante leyes de cuotas en Argentina. Ratio Iuris, 14(1), 3-31.

ARK CAICYT: https://id.caicyt.gov.ar/ark:/s23470151/abwkkt8kh



Resumen: La desigualdad de género en la política es una realidad persistente en diversas democracias en todo el mundo, incluida en Argentina, donde, a pesar de los avances en legislaciones que buscan ampliar la participación femenina, las mujeres aún ocupan una fracción pequeña de los puestos de poder decisorio. Así, la promulgación de dispositivos legales como la Ley de Cuotas (Ley nº 24.012/91), que determinó que por lo menos 30% de los candidatos de cada partido en las listas electorales deben ser mujeres, es un avance precoz. No obstante, existe una posibilidad de ser elegidas de la Ley de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política (Ley nº 27.412/17), que estableció la paridad plena de 50% entre hombres y mujeres en las listas electorales, los efectos prácticos aún están por verse. El objetivo de este trabajo es analizar los factores que influenciaron la reducción de la Ley de Cuotas de Género en Argentina, identificando las fallas y proponiendo estrategias para su efectiva implementación. Este estudio busca contribuir a la comprensión de la paridad política en Argentina, teniendo en cuenta significativamente la implementación de la Ley de Cuotas, pero aún enfrenta numerosos desafíos estructurales, culturales e institucionales que dificultan el pleno cumplimiento de las mujeres en los espacios de poder. La legislación, aunque sea un marco importante, no consigue, por sí sola, garantizar la igualdad en la representación política, siendo fundamental la conjugación de políticas complementarias, fiscalización rigurosa y cambios culturales profundos para que la paridad se convierta en una realidad concreta. A través de investigaciones bibliográficas, concluyendo que para la efectiva implementación de la ley de cuotas es necesario explorar la interseccionalidad en la participación política femenina, investigando los obstáculos adicionales que factores como raza, clase social, orientación sexual y región del país influencian el acceso a las candidaturas políticas.


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Palabras clave: Paridad de género, Ley de cuotas electorales, Participación femenina en la política, Representación política, Igualdad de género.

Abstract: Gender inequality in politics is a persistent reality in various democracies around the world, including Argentina, where, despite advances in legislation aimed at expanding female participation, women still occupy a small fraction of decision-making positions of power. Thus, the enactment of legal provisions such as the Quota Law (Law No. 24.012/91), which determined that at least 30% of each party's candidates on electoral lists must be women, is an early advancement in the likelihood of being elected from the Gender Parity Law in Areas of Political Representation (Law No. 27.412/17), which established full parity of 50% between men and women on electoral lists, yet the practical effects within the scope of executive power are still below expectations. The objective of this work is to analyze the factors that influenced the effectiveness of the Gender Quota Law in Argentina, identifying obstacles and proposing strategies for its effective implementation. This study seeks to contribute to the understanding of political parity in Argentina, which has advanced significantly with the implementation of the Quota Law, but still faces numerous structural, cultural, and institutional challenges that hinder the full participation of women in spaces of power. Legislation, although an important framework, cannot alone guarantee equity in political representation, making it fundamental to combine complementary policies, rigorous oversight, and profound cultural changes for parity to become a concrete and lasting practice. In this work, we analyze the above issues through bibliographic research, concluding that for the effective implementation of the quota law it is necessary to explore intersectionality in female political participation, investigating how factors such as race, social class, sexual orientation, and region of the country influence access to political candidacies.

Keywords: Gender parity, Electoral quota law, Female participation in politics, Political representation, Gender equality.

Resumo: A desigualdade de gênero na política é uma realidade persistente em diversas democracias ao redor do mundo, incluindo na Argentina, onde, mesmo após avanços em legislações que visam ampliar a participação feminina, as mulheres ainda ocupam uma fração pequena dos cargos eletivos. Após, a promulgação de dispositivos legais como a Lei de Cotas (Lei n° 24.012/91), que determinou que pelo menos 30% dos candidatos de cada partido aos cargos a serem preenchidos devem ser mulheres, e em proporções que lhes deem uma chance real de serem eleitas e da Lei de Paridade de Gênero em Âmbitos de Representação Política (Lei n° 27.412/17), que estabeleceu a paridade plena de 50% entre homens e mulheres nas listas eleitorais, os efeitos práticos no âmbito do poder executivo ainda estão aquém do esperado. O objetivo deste trabalho é analisar os fatores que influenciam a eficácia da Lei de Cotas de Gênero na política Argentina, identificando os entraves e propondo estratégias para sua efetiva implementação. A busca pela paridade efetiva na política Argentina, embora tenha avançado significativamente com a implementação da Lei de Cotas, ainda enfrenta inúmeros desafios estruturais, culturais e institucionais que dificultam a plena participação das mulheres nos espaços de poder. A legislação, embora seja um marco importante, não consegue, sozinha, garantir a equidade na representação política, sendo fundamental a conjugação de políticas complementares, fiscalização rigorosa e mudanças culturais profundas para que a paridade se transforme em prática concreta e duradoura. Neste trabalho, analisamos as questões acima através de pesquisas bibliográficas, concluindo que para a efetiva da lei de cotas é necessário se explorar a interseccionalidade na participação política feminina, investigando como fatores como raça, classe social, orientação sexual e região do país influenciam o acesso e a permanência das mulheres nos espaços de poder.

Palavras chave: Paridade de gênero, Lei de cotas eleitorais, Participação feminina na política, Representatividade política, Igualdade de gênero.





Introducción

La desigualdad de género en la política es una realidad persistente en muchas democracias alrededor del mundo, incluida Argentina, donde, incluso después de los avances legislativos destinados a aumentar la participación femenina, las mujeres todavía ocupan una pequeña fracción de los cargos electos. Históricamente, las estructuras de poder han sido concebidas bajo una lógica patriarcal, que marginó la presencia de las mujeres en los centros de toma de decisiones y normalizó su exclusión. Esta estructura histórica y cultural ha impuesto importantes barreras, tanto institucionales como simbólicas, que limitan el protagonismo de las mujeres en la política, a pesar de que las mujeres representan más de la mitad de la población y el electorado argentino según datos del Censo Nacional de Población, Vivienda y Vivienda de 2022. En respuesta a este escenario, se implementaron políticas de acción afirmativa, como la Ley de Cuotas para candidaturas mujeres, buscando corregir estas distorsiones históricas y promover una mayor equidad en la representación política.

Sin embargo, incluso con la promulgación de disposiciones legales como la Ley de Cuotas (Ley nº 24.012/91), que estipuló que al menos el 30% de los candidatos de cada partido a los cargos a cubrir deben ser mujeres, en proporciones que les den real chance de ser elegidas, y la Ley de Paridad de Género en la Representación Política (Ley nº 27.412/17), que estableció la paridad plena del 50% entre hombres y mujeres en las listas electorales, los efectos prácticos aún están lejos de lo que se esperaba. Varios factores contribuyen a la baja efectividad de estas medidas, entre ellos el incumplimiento parcial por parte de los partidos políticos, el mantenimiento de candidaturas ficticias para cumplir formalmente con la legislación y la falta de apoyo institucional y financiero a las mujeres que efectivamente se postulan para un cargo. Además, existe un problema estructural que va más allá del ámbito legal, relacionado con el sexismo arraigado en las estructuras partidarias, la violencia política de género y la ausencia de políticas públicas que incentiven el desarrollo de liderazgos femeninos. Por lo tanto, la paridad de género efectiva en la política requiere más que la mera imposición de cuotas legales: requiere la transformación de una cultura política históricamente excluyente.

La relevancia de este estudio se justifica en la necesidad de comprender las limitaciones y el potencial de la legislación de cuotas como instrumento para promover la igualdad de género en la política argentina. No se trata sólo de una discusión jurídica, sino también sociopolítica y cultural, que implica el fortalecimiento de la democracia y la representación en el país. Al investigar los desafíos que enfrentan las candidatas y los mecanismos que pueden promover una mayor inclusión femenina en puestos de poder, este trabajo busca contribuir al debate público y académico sobre cómo hacer de la paridad de género una realidad concreta y no sólo una predicción normativa. Comprender y mejorar el papel de las cuotas es fundamental para romper con patrones de exclusión que comprometen la diversidad y la calidad de la democracia.

El problema que guía esta investigación se refiere a la ineficacia parcial de las cuotas de género para promover la verdadera paridad en la política argentina. A pesar de los requisitos legales, las tasas de representación femenina en el poder ejecutivo siguen siendo bajas, y muchos partidos siguen tratando el asunto como una mera formalidad burocrática. Esto pone de manifiesto una brecha entre lo estipulado en la legislación y lo que ocurre en la práctica, lo que plantea interrogantes sobre los mecanismos para supervisar, sancionar e incentivar la participación femenina. Así, la pregunta central que guía este estudio es: ¿cómo asegurar la efectividad de la Ley de Cuotas en el logro de la paridad real entre hombres y mujeres en los espacios políticos del Poder Ejecutivo en Argentina?

Por tanto, el objetivo general de este trabajo es señalar cómo asegurar la efectividad de la Ley de Cuotas en el logro de la paridad real entre hombres y mujeres en los espacios políticos del Poder Ejecutivo en Argentina.

Los objetivos específicos son: (i) Describir la historia y evolución de la legislación de cuotas en Argentina; (ii) Identificar los principales obstáculos que enfrentan las candidatas mujeres dentro de los partidos políticos; (iii) Determinar el papel de las instituciones públicas y la Corte Electoral en el seguimiento y promoción de la ley; y (iv) Evaluar políticas complementarias que puedan fortalecer la representación femenina y garantizar una democracia más inclusiva y plural.

Género, democracia y representación

Según Oliveira y Ribeiro (2022, pp. 19-20), la relación entre género y ciudadanía política es central para comprender los mecanismos de exclusión que históricamente han alejado a las mujeres de la participación activa en las decisiones políticas e institucionales. La ciudadanía, entendida no sólo como el acto de votar sino como el pleno derecho a participar en la vida pública, siempre ha estado condicionada por normas patriarcales que han posicionado al hombre como el sujeto político por excelencia. La construcción de la ciudadanía en Argentina, como en muchas otras democracias occidentales, fue excluyente desde su origen, inicialmente restringida a hombres blancos, alfabetizados y propietarios. Las mujeres, especialmente las negras y pobres, fueron silenciadas en este proceso, relegadas a la esfera privada y asociadas a roles reproductivos, de cuidado y domésticos, lo que contribuyó al retraso en el reconocimiento de sus derechos políticos y sociales.

Con el avance de los movimientos feministas y la creciente presión por la igualdad, Sparemberger, Slongo y Souza (2024, p. 2) señalan que la noción de ciudadanía ha pasado a incorporar una dimensión de género más evidente, destacando la necesidad de garantizar a las mujeres el derecho a la plena participación en las decisiones que afectan a la comunidad. Sin embargo, incluso con logros formales, como el derecho al voto en 1947 mediante la Ley N.º 13.013, la ciudadanía de las mujeres aún era incompleta en lo que respecta al acceso efectivo a los espacios de poder político. La mera garantía legal de elegibilidad no elimina los obstáculos culturales, económicos e institucionales que impiden o dificultan a las mujeres ejercer sus derechos políticos en igualdad de condiciones. La ciudadanía política de las mujeres, por tanto, es un campo de disputa constante, donde la formalidad de los derechos choca a menudo con la práctica de una exclusión velada.

En este sentido, es necesario comprender que el género, como construcción social, configura las relaciones de poder y define roles históricamente asignados a hombres y mujeres. Según Oliveira y Ribeiro (2022, p. 2), la política, como ámbito de poder por excelencia, reproduce esta desigualdad al perpetuar estructuras que favorecen la permanencia de los hombres en puestos de decisión. El debate sobre la ciudadanía política no puede prescindir de un análisis de género que reconozca las especificidades de la experiencia de las mujeres y los obstáculos sistémicos a su participación. Es esencial superar una visión universalista de la ciudadanía que, al ignorar las desigualdades de género, contribuye al mantenimiento de una democracia incompleta y excluyente.

Por lo tanto, la ciudadanía política plena solo será posible cuando se eliminen las barreras estructurales que impiden la participación equitativa de mujeres y hombres en la política. Según Freitas y Guimarães (2020, p. 83), esto requiere no solo reformas legales, sino también la transformación de prácticas y mentalidades arraigadas en las instituciones y la sociedad. Garantizar la presencia efectiva de las mujeres en la política es parte inseparable del proceso de democratización de la esfera pública, ya que el acceso equitativo a los puestos de poder es una condición básica para que las decisiones políticas reflejen la diversidad social que conforma el tejido democrático.

La importancia de la representación en la consolidación de la democracia radica en que una democracia legítima debe reflejar, en su composición y decisiones, la pluralidad de identidades, experiencias e intereses que existen en la sociedad. La ausencia de mujeres en puestos de poder político representa una profunda distorsión de este ideal democrático, ya que compromete la universalidad de las políticas públicas y limita la calidad del debate y las decisiones. En otras palabras, cuando la mitad de la población no está adecuadamente representada, la democracia pierde gran parte de su legitimidad, eficacia y sensibilidad social. La representación de género no se limita a la presencia numérica, sino a la posibilidad real de que las mujeres incidan en agendas, prioridades y valores en el proceso político (Leite, 2023, p. 17).

Además, Freitas y Guimarães (2020, p. 92) destacan que votar por alguien del género femenino no es un factor determinante para que el candidato defienda políticas feministas, porque votar por mujeres no siempre resulta en políticas que beneficien a las propias mujeres. Sin embargo, señalan que la presencia de mujeres en la política contribuye al desarrollo de políticas públicas más inclusivas, centradas en la salud de las mujeres, la igualdad salarial, el combate a la violencia de género, las licencias parentales, entre otros temas que históricamente han sido desatendidos en espacios dominados por hombres. Esta inclusión no es simplemente una demanda de justicia o equidad, sino una necesidad estratégica para la mejora institucional de la democracia.

La representación femenina también juega un papel simbólico fundamental, pues rompe con los estereotipos de género y amplía el horizonte de posibilidades para otras mujeres, especialmente las jóvenes, que comienzan a verse como potenciales ocupantes de puestos de liderazgo y toma de decisiones. La presencia de las mujeres en la política tiene el poder de transformar no sólo las estructuras institucionales, sino también las subjetividades, al normalizar liderazgos femeninos en espacios que antes les estaban vedados. Según Nóbrega (2024, p. 16), economistas y politólogos señalan que la identidad de quienes gobiernan tiene un enorme efecto en el tipo de políticas públicas que se implementan.

Sin embargo, Sparemberger, Slongo y Souza (2024, p. 2) afirman que uno de los elementos esenciales para que exista una democracia es la participación política no sólo de los grupos mayoritarios, sino también, y especialmente, de los grupos minoritarios. En otras palabras, la participación de una pluralidad de ciudadanos es necesaria, y esta participación debe guiarse por las nociones de libertad e igualdad. La representatividad no puede confundirse con el simbolismo ni con la mera inclusión simbólica de mujeres en las listas de los partidos, sin ninguna posibilidad real de ser elegidas o influir en las decisiones. Una paridad efectiva requiere confrontar las estructuras de los partidos conservadores, reformar el financiamiento de las campañas y redistribuir el poder dentro de los partidos políticos. La representación requiere condiciones materiales, simbólicas e institucionales para que las mujeres puedan actuar con autonomía y legitimidad, rompiendo con la lógica de subordinación o instrumentalización política.

En este escenario, es necesario trabajar por incentivar la representación femenina en la política demostrando que, al ocupar cargos políticos en el poder público, tendrán la oportunidad de tomar decisiones importantes para toda la ciudadanía y, lo más importante, en igualdad de condiciones con los hombres (Matias y Pergentino, 2021, conclusión, párrafo 2). La paridad no es solo una cuestión de justicia para las mujeres, sino un requisito democrático para construir instituciones más equilibradas, legítimas y eficaces. Cuanto mayor sea la diversidad de voces y experiencias en el proceso político, mayor será la capacidad de la democracia para responder a las demandas reales de la población y promover el bien común.

La invisibilidad histórica de las mujeres en la política es una consecuencia directa del patriarcado, que estructuró la vida pública como un espacio exclusivamente masculino, según Toledo y Jardim (2019, p. 322). Desde la antigüedad hasta los sistemas modernos de gobierno, las mujeres han sido sistemáticamente excluidas de los espacios de decisión política, siendo concebidas como seres subordinados a la autoridad masculina, con funciones restringidas al hogar y la familia. Esta exclusión no se produjo de manera espontánea, sino que fue el resultado de mecanismos sociales, culturales, legales y religiosos que construyeron una narrativa de inferioridad intelectual y moral de las mujeres, impidiéndoles desempeñar cualquier papel activo en la vida pública.

Incluso después de obtener el derecho a votar y ser elegidas, según Toledo y Jardim (2019, pp. 321-322), la exclusión de las mujeres persistió a través de otros medios, como el monopolio masculino de los partidos políticos, la resistencia al liderazgo femenino y la reproducción de estereotipos que asocian el poder con la virilidad. La historia de la política argentina, por ejemplo, revela que la presencia de mujeres en cargos electivos siempre ha sido residual y, con frecuencia, tratada como una excepción, lo que refuerza la idea de que la política no es "un lugar para mujeres". Este proceso de marginación simbólica impidió la formación de redes de apoyo, obstaculizó el financiamiento de campañas y alimentó la idea de que las mujeres carecían de las competencias necesarias para la vida política.

Según Leite (2023, p. 43), no hay duda de que las mujeres son uno de los últimos grupos sociales en conseguir derechos políticos e incluso en las democracias contemporáneas más consolidadas, todavía tienen baja representación política. Esta falta de representación política femenina refuerza el ciclo de exclusión e impide el surgimiento de nuevos líderes basados ​​en modelos históricos de empoderamiento femenino. Romper con esta invisibilidad requiere un esfuerzo deliberado por reconocer y valorar la participación política de las mujeres, tanto del pasado como del presente.

Según Matias y Pergentino (2021, conclusión, párrafo 4), para cambiar esta situación se requieren cambios políticos y sociales. Por lo tanto, es importante fortalecer el debate sobre este tema para lograr una sociedad más justa e igualitaria y superar las desigualdades de género en el ámbito político. Construir una democracia plena pasa necesariamente por recuperar las voces silenciadas de las mujeres y crear las condiciones para que estas voces ocupen los espacios que históricamente se les han negado.

Historia y estructura de la Ley de Cuotas en Argentina

El derecho al voto de las mujeres en Argentina se logró en 1947 a través de la Ley Evita (Ley Nº 13.010), que fue promulgada por el Congreso bajo el liderazgo de Eva Perón, esposa del entonces presidente Juan Domingo Perón.

La primera vez que las mujeres argentinas ejercieron este derecho fue el 11 de noviembre de 1951. Sin embargo, incluso después de obtener el sufragio, la presencia femenina en puestos de poder siguió siendo marginal durante décadas.

Con la redemocratización del país en 1983, tras la dictadura militar, los movimientos feministas y las organizaciones de mujeres intensificaron sus demandas de mayor participación política. El contexto internacional también fue favorable: la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979) y las Conferencias Mundiales sobre la Mujer (México 1975, Copenhague 1980, Nairobi 1985) impulsaron los debates sobre la igualdad de género.

En noviembre de 1991, Argentina fue pionera a nivel mundial al promulgar una ley que establecía cuotas para mujeres en cargos legislativos nacionales. Ese año, antes de la aprobación de la ley, la Cámara de Diputados renovó 130 escaños. Solo seis mujeres resultaron elegidas. En las primeras elecciones en las que entró en vigor la ley de cuotas, en 1993, de los 127 parlamentarios elegidos por votación, 33 fueron mujeres, según datos de la Dirección Nacional Electoral.

La aprobación de la Ley de Cuotas fue resultado de una intensa movilización de parlamentarias, organizaciones feministas y movimientos sociales. Diputadas como Margarita Malharro de Torres y senadoras como Elda de Santiago fueron figuras centrales de este proceso.

La legislación de cuotas estipula un porcentaje mínimo de 30% de mujeres en las listas electorales; las candidatas deben ocupar cargos con posibilidad real de elección, no sólo aparecer al final de las listas; en listas con tres o más candidatos debe haber alternancia entre géneros; y las listas que no cumplan con el requisito no pueden ser reconocidas oficialmente por el Tribunal Electoral.

A pesar de la aprobación de la ley, su implementación enfrentó una resistencia considerable. Los partidos políticos buscaron maneras de eludirla, colocando a mujeres en puestos no elegibles o creando listas "testimoniales" sin ninguna posibilidad real de ganar.

Este cambio representó un avance significativo al crear una imposición normativa, pero aún encontró resistencia en la práctica, ya que muchos partidos comenzaron a lanzar candidaturas femeninas ficticias —las llamadas "candidatas dummy"— sólo para cumplir formalmente la cuota sin brindar a las mujeres las condiciones mínimas para competir de manera viable. Este fenómeno ha puesto de manifiesto una brecha entre el contenido de la ley y su aplicación efectiva, demostrando que la paridad no puede lograrse sólo mediante la imposición legal si no va acompañada de mecanismos de control, sanción e incentivos institucionales.

En 1993, el Decreto n.º 379 reglamentó la ley, estableciendo criterios más precisos para la confección de las listas. Posteriormente, las decisiones judiciales de la Cámara Nacional Electoral fueron fundamentales para garantizar la eficacia de la norma, al interpretar que las candidatas debían ocupar cargos que históricamente resultaban en elecciones.

Sin embargo, tras más de dos décadas de vigencia del sistema de cuotas, persistían limitaciones en la representación femenina, especialmente en cargos de liderazgo y ejecutivos de partidos. En este contexto, en 2017, el Congreso Nacional aprobó la Ley N.º 27.412, que establece la paridad de género en las listas electorales.

La Ley de Paridad estableció que las listas para la Cámara de Diputados, Senado y Parlamento del Mercosur deben estar compuestas por 50% de cada género, deben tener una alternancia estricta, alternando hombres y mujeres, puesto por puesto (sistema "cebra"), los cabezas de lista también deben respetar la alternancia y la paridad aplica tanto para las elecciones generales como para las primarias obligatorias. La ley de paridad representó un salto cualitativo respecto del sistema anterior, alineando a la Argentina con los estándares internacionales más avanzados en igualdad política.

Según Silva y Aguiar (2020, p. 102), el papel de la legislación electoral en la promoción de la igualdad de género va más allá de establecer porcentajes numéricos de candidaturas. Se trata de un instrumento que, cuando está bien estructurado y se implementa eficazmente, tiene el potencial de promover la justicia social, corregir distorsiones históricas y garantizar que el sistema democrático sea verdaderamente representativo. La legislación, por tanto, debe entenderse como parte de una política pública orientada a fortalecer la ciudadanía de las mujeres, especialmente en un país marcado por desigualdades interseccionales, donde raza, clase y género se superponen en la exclusión de los espacios de poder.

La eficacia de la legislación electoral depende de una serie de factores: la voluntad política de los líderes de los partidos, las acciones de los órganos de supervisión, la participación de la sociedad civil y el compromiso de las propias mujeres en la lucha por sus derechos políticos. Es fundamental comprender que las normas jurídicas son sólo un paso dentro de un proceso más amplio de cambio estructural y que promover la igualdad de género requiere un conjunto coordinado de acciones que van desde la educación política hasta la penalización de las prácticas discriminatorias.

La legislación electoral también debe revisarse y mejorarse constantemente para responder a las nuevas formas de exclusión que surgen. Para Silva y Aguiar (2020, p. 93), la manipulación de candidaturas, la malversación de recursos y los boicots institucionales son desafíos que exigen instrumentos jurídicos más precisos y mecanismos de control más eficaces. En este sentido, es fundamental que el Estado actúe proactivamente en la protección de los derechos políticos de las mujeres, no sólo reaccionando al fraude, sino también creando un ambiente normativo que inhiba las prácticas discriminatorias y fomente una participación calificada y plural.

Finalmente, la legislación electoral orientada a la igualdad de género debe considerarse una expresión del compromiso democrático con la justicia y la inclusión. La acción legislativa refleja, por lo tanto, el grado de madurez democrática de un país y su disposición a afrontar los desafíos que plantean las desigualdades históricas. Fortalecer la ley y sus instrumentos de apoyo es fundamental para que la paridad política deje de ser una promesa lejana y se convierta en una realidad tangible en el panorama político argentino.

Implementación de la Ley de Cuotas: avances y obstáculos

La sanción de la Ley de Cupos y de la Ley de Paridad representó un hito en el intento de promover una mayor inclusión de las mujeres en el panorama político argentino. Argentina pasó de un modelo de cuotas mínimas (30%) a un sistema de paridad plena (50%). Desde entonces, los datos electorales muestran un aumento continuo en el número de mujeres en el Congreso Nacional. Argentina pasó de una representación inferior al 6% a principios de la década de 1990 a niveles cercanos a la paridad plena, según la Dirección Nacional Electoral.

Tabla 1

Porcentaje de Mujeres de la Cámara de Diputados y Senado Nacional

Cámara de Diputados

Senado Nacional

1983 (redemocratización): 4,3% de mulheres

1991 (antes de la Ley de Cuotas): 5,8%

1995 (después de las primeras elecciones con cuotas): 21,8%

2001: 30,7%

2015: 36,2%

2019 (tras las elecciones con la Ley de Paridad): 41,6%

2023: 45,8%

1983: 4,2% de mujeres

1991: 6,3%

2001: 35,2%

2015: 38,9%

2019: 41,7%

2023: 43,1%



Nota: Según la Unión Interparlamentaria - UIP, 2026, (https://data.ipu.org/parliament/AR/AR-UC01/data-on-women/)

Argentina se ubica entre los países latinoamericanos con mayor representación femenina en los parlamentos, según datos recientes del informe de ONU Mujeres y la Unión Interparlamentaria (UIP) “Mujeres en la política: 2025”, debido principalmente a la adopción generalizada de leyes de cuotas y paridad. La ampliación de la agenda legislativa para incluir temas como la violencia de género, la salud reproductiva, la licencia parental, la economía del cuidado y la equidad salarial, así como la aprobación de las Leyes nº 26.485/2009 y 27.533/2019, que tratan de la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres; y la Ley nº 27.499/2019 - Ley Micaela, que establece la capacitación obligatoria en género y violencia de género para todos los empleados públicos, posibilitaron la aplicabilidad del concepto de democracia paritaria originado en la Declaración de Atenas de 1992, que estableció la paridad como condición para el funcionamiento democrático.

Sin embargo, si bien el Poder Legislativo ha avanzado significativamente, el Poder Ejecutivo sigue estando subrepresentado por mujeres. Datos de 2023 de la Dirección Nacional Electoral indican que solo 3 de las 24 provincias argentinas (12,5%) estaban gobernadas por mujeres, y aproximadamente el 10% de los municipios contaban con alcaldesas, mientras que el gabinete nacional contaba con entre un 30% y un 40% de ministras, con variaciones según el gobierno. La ley de paridad se aplica únicamente al poder legislativo, sin mecanismos legales equivalentes para los cargos ejecutivos. Esta brecha pone de relieve la necesidad de ampliar las políticas de paridad. Esta realidad revela no solo las limitaciones de la ley en términos de eficacia, sino también las barreras estructurales que permean el proceso de campaña, desde la visibilidad mediática hasta el financiamiento político.

“Ahora bien, una Ley de Cuotas no asegura la cantidad, la calidad ni las posibilidades de elección de las candidatas” (Blondet, 1998, p. 21). El panorama político aún está dominado por redes masculinas que controlan recursos, posiciones partidarias y apoyo estratégico. Incluso cuando las mujeres participan formalmente en la contienda, a menudo se les asignan puestos con menor viabilidad electoral, como suplentes o candidaturas no competitivas.

Cabral, Montaldi y Toledo (2023, p. 305) afirman que la situación se agrava por la proliferación de candidaturas falsas, utilizadas por los partidos como estrategia para eludir la ley. Estas candidaturas se inscriben únicamente para cubrir el cupo legal, pero sin ninguna intención real de competir, sin actividad financiera ni estructura de campaña.

En este contexto, Santos (2024, p. 12) señala que la mera presencia numérica no garantiza que la participación de las mujeres en la política sea plena y efectiva en el cumplimiento de sus funciones, el logro de sus objetivos y el desempeño de un papel fundamental en la representación de las aspiraciones sociales y económicas. Santos afirma además que otro obstáculo es la falta de apoyo partidario y financiero. Muchas mujeres enfrentan resistencia dentro de sus propios partidos, donde no reciben el apoyo necesario para sus campañas, lo que les permite competir sin disparidad en los métodos legales en comparación con los hombres (2024, p. 19).

Esto refuerza la necesidad no sólo de prever legalmente cuotas y distribución de recursos, sino también de garantizar una supervisión activa, castigos ejemplares y mecanismos que permitan a las candidatas denunciar irregularidades sin sufrir represalias internas. Para enfrentar la falta de financiamiento y las candidaturas fraudulentas se requiere una acción más contundente del Ministerio del Interior, la Corte Nacional Electoral y la sociedad civil organizada, a fin de garantizar la integridad del proceso democrático.

Los partidos políticos desempeñan un papel fundamental en la consolidación de un entorno electoral más justo y representativo. Son ellos quienes deciden quiénes serán los candidatos viables, quiénes recibirán recursos y visibilidad, y quiénes recibirán apoyo efectivo. En este sentido, si los partidos no internalizan la paridad como valor y prioridad institucional, la ley difícilmente tendrá efectos transformadores. La aplicación de la cuota de género requiere un compromiso real de los partidos con la diversidad y el fortalecimiento de la democracia (Cabral, Montaldi y Toledo, 2023, p. 305).

Además de combatir el fraude, es esencial que la supervisión también sea educativa, orientando a los candidatos y partidos, fortaleciendo los canales de denuncia y aumentando la transparencia en la divulgación de los recursos utilizados.

El lugar en las listas y su calificación son esenciales para facilitar la competencia de las mujeres. Por eso es imperativo diseñar un programa de trabajo que desarrolle acciones en diferentes planos. La información es clave para promover el debate sobre la Ley, de modo que entre en el imaginario social. Simultáneamente, es importante incentivar entre las mujeres el interés por la participación política. Por inexperiencia, temor o desinterés, todavía son pocas las mujeres dispuestas a competir en la política. Y para asegurar la calidad de la participación es necesario insistir en la educación y capacitación de las candidatas. Si las mujeres que actualmente desempeñan posiciones de liderazgo destacan, es porque en su mayoría, a diferencia de los hombres debieron probar y demostrar de muchas formas su capacidad para llegar a los puestos de liderazgo que hoy ocupan. Es necesario que no se pierda este criterio más exigente y competitivo en la selección de candidatas para contribuir a elevar el nivel del debate político (Blondet, 1998, p. 22).

La transformación estructural de la política argentina requiere necesariamente una acción firme de las instituciones de control, acompañada de un compromiso ético y político de los partidos para construir una democracia verdaderamente pluralista y representativa.

Barreras estructurales a la participación política de las mujeres

Según Carneiro, Araujo y Lelis (2025), a lo largo de la historia el sistema de modulación social ha traído la idea de los espacios en los que las mujeres deben moverse, colocando a los hombres blancos, ricos e influyentes en los espacios de toma de decisiones y control del poder, mientras que las mujeres y las personas negras deben estar en espacios de servicio, subrepresentadas en sus derechos e intereses. La función de la mujer era criar a sus hijos, sin derecho a administrar sus propiedades ni bienes valiosos, y se esperaba que se dedicara a la familia. Estas creencias aún rigen los comportamientos sociales actuales. Las mujeres han adquirido sus derechos y alcanzado independencia financiera y emocional, pero aún tienen limitaciones para alcanzar posiciones de liderazgo a expensas de su lugar en la familia. De igual manera, los hombres siguen defendiendo los espacios que ocupan predominantemente, compitiendo en condiciones ventajosas (p. 1855). Esta jerarquía arraigada impide que las mujeres accedan a puestos con mayor viabilidad electoral y reduce sus posibilidades de éxito en las urnas.

Además, Azevedo, Reymão y Koury (2020) afirman que la imposición de la esfera privada a las mujeres y de la esfera pública a los hombres, promoviendo estereotipos de género y obstáculos a la participación e inclusión de las mujeres en la política, desencadena su participación considerablemente baja en la vida pública (p. 98).

Existe una resistencia histórica a la presencia de mujeres en puestos de liderazgo y políticos, muchas veces justificada por argumentos culturales o pragmáticos, como la supuesta “falta de preparación” o “falta de interés” de las mujeres en la política. Esta narrativa, cargada de estereotipos de género, refuerza la normalización de la exclusión y alimenta un círculo vicioso: porque hay pocas mujeres elegidas, hay poca representación; porque hay poca representación, no se crean mecanismos efectivos para cambiar ese escenario. En este contexto, se puede afirmar que la cultura política argentina, construida sobre valores patriarcales, aún considera el liderazgo político como una prerrogativa masculina, relegando a las mujeres a roles secundarios o simbólicos, muchas veces carentes de poder real.

Según Carneiro, Araujo y Lelis (2025), la ley de cuotas no corrige eficazmente las desigualdades estructurales que oprimen los derechos de las mujeres ya que, al suponer una división de roles sociales entre hombres y mujeres, termina reforzando esta división de género sin corregir el problema, pues aún exalta el papel de la mujer en la reproducción y el mantenimiento de la familia. Si bien el trabajo de las mujeres es de suma importancia y su competencia y celo por su función son evidentes, no se valora ni se reconocen sus tareas, lo que las priva del ejercicio de su ciudadanía y refuerza su subordinación (p. 1861). El resultado es un ambiente de partido hostil, en el que las mujeres que se atreven a competir por un espacio se enfrentan a una resistencia velada, sabotaje interno y, a menudo, a una invisibilidad deliberada.

En este contexto, la violencia política de género emerge como una de las caras más crueles y persistentes de la exclusión. Es un fenómeno que trasciende la esfera simbólica y adopta diversas formas: acoso moral, abuso verbal, intentos de silenciamiento, humillación pública, ataques misóginos en redes sociales y, en casos extremos, violencia física. Este tipo de violencia no solo se dirige contra la mujer como individuo, sino también contra su rol político, con el objetivo de desacreditarla, deslegitimarla y disuadirla de participar en la vida pública. La hostilidad que enfrentan las mujeres al ejercer cargos públicos o incluso al intentar ocuparlos revela hasta qué punto la presencia femenina aún se percibe como una amenaza al orden establecido.

Las consecuencias de esta violencia son devastadoras. Esto nos hace reflexionar sobre el hecho de que las dificultades que las mujeres, como personas con derechos, siguen enfrentando, incluso con todos los avances sociales, van más allá de la existencia de leyes que garanticen sus derechos. Si no existe una ley que impida a las mujeres ocupar un espacio de poder y toma de decisiones, ¿qué las limita? Es necesario un cambio de paradigma para que las propias mujeres y la sociedad reconozcan el valor de colocar en posiciones de poder a personas que representen los intereses de la sociedad en su conjunto, para que las leyes y el Estado empiecen a servir a los intereses de todos y no simplemente de una minoría o del capitalismo (Carneiro, Araujo y Lelis 2025, p. 1855).

La violencia política de género, por tanto, es más que una afrenta a los derechos de las mujeres: es una amenaza concreta a la calidad y la legitimidad del proceso democrático.

Otro desafío persistente para Cabral, Montaldi y Toledo (2023, p. 292) se refiere a la dificultad de conciliar la vida pública y privada, un aspecto que afecta predominantemente a las mujeres. Las expectativas sociales relacionadas con el rol femenino, aun fuertemente asociado al cuidado de la familia, los hijos y el hogar, imponen una sobrecarga que dificulta la participación política. Si bien los políticos hombres suelen contar con el apoyo familiar o social para ejercer sus mandatos a tiempo completo, muchas mujeres se ven obligadas a conciliar agendas políticas agotadoras con obligaciones domésticas y emocionales. Esta doble o triple carga es uno de los factores que contribuyen a la infrarrepresentación de las mujeres en puestos de poder.

La conciliación de la vida pública y privada también implica la necesidad de redes de apoyo; estos programas deben centrarse en el desarrollo de habilidades específicas, como la articulación política, la creación de redes de apoyo y la gestión de campañas electorales. Al brindar capacitación y apoyo continuos, estas iniciativas ayudan a fortalecer la confianza de las mujeres y a empoderarlas para competir en igualdad de condiciones con sus colegas masculinos (Santos, 2024, p. 21). Por tanto, superar estas barreras requiere una profunda reestructuración institucional que entienda la política no como un ámbito neutral, sino como un espacio que necesita adaptarse a la diversidad de experiencias y trayectorias de sus representantes, especialmente las mujeres.

Caminos hacia la paridad efectiva en Argentina

La subrepresentación de las mujeres en puestos de poder político es uno de los principales desafíos para la consolidación de democracias igualitarias e inclusivas. Históricamente, las mujeres han sido sistemáticamente excluidas de los procesos de toma de decisiones, lo que ha resultado en una representación política que no refleja la composición demográfica de la sociedad.

Argentina se ha consolidado como un referente latinoamericano en políticas de igualdad de género en la representación política. Desde la pionera Ley de Cuotas de 1991 (Ley n.° 24.012) hasta la Ley de Paridad de 2017 (Ley n.° 27.412), el país ha logrado avances significativos en la incorporación de las mujeres a los espacios legislativos. En 2024, según datos del Banco Mundial, Argentina tuvo aproximadamente un 42,4 % de representación femenina en la Cámara de Diputados y un 45,8 % en el Senado Nacional, lo que la posiciona entre los países con mayor equilibrio de género en los parlamentos del mundo, según datos de la Dirección Nacional Electoral.

Sin embargo, este avance legislativo contrasta marcadamente con la persistente subrepresentación de las mujeres en el Poder Ejecutivo. Datos de 2024 de la Dirección Nacional Electoral indican que solo el 12,5% de las provincias argentinas (3 de 24) están gobernadas por mujeres, y aproximadamente el 10% de los municipios tienen alcaldesas. A nivel nacional, si bien ha habido presidentas (Cristina Fernández de Kirchner, 2007-2015) y vicepresidentas, la composición de los gabinetes ministeriales rara vez supera el 30-40% de participación femenina, y las carteras con mayor prestigio y poder político (Economía, Defensa, Relaciones Exteriores) siguen estando históricamente dominadas por hombres.

Esta asimetría entre los poderes Legislativo y Ejecutivo no es accidental, sino que refleja un vacío legal estructural: la Ley de Paridad se aplica exclusivamente a los cargos legislativos, sin establecer mecanismos análogos para el Ejecutivo. Esta limitación impide a las mujeres acceder plenamente a la cúpula del poder, es decir, los espacios donde se concentran las principales decisiones sobre políticas públicas, gestión presupuestaria, relaciones internacionales y la dirección política del Estado.

El concepto de "techo de cristal" es desarrollado originalmente en estudios organizacionales para describir las barreras invisibles que impiden a las mujeres ascender a puestos ejecutivos de alta dirección en muchas profesiones, donde en la base hay un número equivalente de hombres y mujeres. Es decir, en una profesión determinada, la presencia de mujeres disminuye a medida que se asciende en la jerarquía, y son poco frecuentes en los puestos más altos (Luz y Casagrande, 2016, p. 47).

Las investigaciones demuestran que las cuotas y la paridad legislativa, si bien son eficaces para aumentar la representación femenina en los parlamentos, no rompen automáticamente el techo de cristal en los puestos ejecutivos. Como argumentan Franceschet y Piscopo (2014, pp. 8-9), existe una "jerarquía de género" dentro de las instituciones políticas: las mujeres ascienden al poder legislativo, pero el ejecutivo sigue siendo la "última frontera" para los hombres.

Al distinguir entre la representación descriptiva (la presencia de mujeres) y la representación sustantiva (la defensa de los intereses y perspectivas de las mujeres), Phillips (1998) afirma que si lo que buscamos son garantías, entonces alguna forma de representación "típica" o "descriptiva" no es el camino ideal; o, más precisamente, solo se vuelve ideal cuando seguimos una línea esencialista poco atractiva (p. 62).

Por lo tanto, la limitada representación femenina en la Legislatura resulta en una capacidad restringida para promover cambios sustanciales.

Según datos de la Dirección Nacional Electoral, de las 48 presidencias desde 1854, solo una estuvo a cargo de una mujer (Cristina Fernández de Kirchner, 2007-2015), lo que representa el 2,1% del total. En 2024, aproximadamente el 30% de los ministerios estaban dirigidos por mujeres, con variaciones según el gobierno. Las carteras con mayor peso político (Economía, Defensa, Relaciones Exteriores, Interior) rara vez están ocupadas por mujeres.

A lo largo de la historia argentina, a nivel provincial, solo siete mujeres han sido elegidas gobernadoras: María Eugenia Vidal, gobernadora de Buenos Aires (2015-2019); Alicia Kirchner, gobernadora de Santa Cruz (2015-2023); Fabiana Ríos, gobernadora de las provincias de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (2007-2015); Rosana Bertone, gobernadora de Entre Ríos (2015-2019); Arabela Carreras, gobernadora de Río Negro (2019-2023); Claudia Ledesma Abdala, gobernadora de Santiago del Estero (2013-2017); y Lucía Corpacci, gobernadora de Catamarca (2011-2019). Actualmente, por primera vez en 20 años, todas las provincias argentinas están gobernadas por hombres.

Esta disparidad no es accidental, sino que refleja la ausencia de mecanismos legales que garanticen la paridad en el Poder Ejecutivo. Si bien la Ley N.° 27.412 exige una estricta alternancia en las listas legislativas, las candidaturas ejecutivas siguen sin estar reguladas en materia de equilibrio de género.

Argentina se enfrenta a una paradoja: es líder regional en paridad legislativa, pero se encuentra rezagada en representación femenina en el poder ejecutivo. Esta paradoja demuestra que la paridad legislativa no se extiende automáticamente al poder ejecutivo; las barreras para acceder a cargos ejecutivos son claras y más rígidas; y se requiere una intervención legal específica.

Las investigaciones muestran que, si bien los partidos argentinos cumplen formalmente con la paridad legislativa, las estructuras de toma de decisiones siguen estando dominadas por los hombres. La selección de candidatos para puestos ejecutivos se lleva a cabo en "oficinas cerradas" dominadas por líderes masculinos. “Los listados siempre han sido cerrados y bloqueados, ya que los electores no pueden agregar nombres o cambiar el orden propuesto por los partidos” (Olguín y Campillo, 2016, p. 38). El grado de institucionalidad logrado por los partidos es muy bajo. La mayoría son dependientes de un líder o un círculo cerrado de personas que subordinan la continuidad de un partido a los intereses de ese grupo (Rosón, 2016, pp. 167-168)

Según datos de la Dirección Nacional Electoral al 30 de junio de 2025, en Argentina existían 48 partidos con reconocimiento nacional y 713 partidos de distrito. Sin embargo, las mujeres aún representan menos de la mitad de los candidatos a la presidencia y la vicepresidencia.

La evolución de las Candidaturas por Género en PASO y Generales, 2011-2025 puede obtenerse de "Resultados electorales," por Dirección Nacional Electoral, 2023, Ministerio del Interior, Argentina.gob.ar (https://www.argentina.gob.ar/dine/resultados-electorales).



Las campañas para puestos ejecutivos (especialmente presidencias y gobernaciones) requieren recursos financieros sustanciales. Un estudio realizado en 2025 por Sudulich y Makropoulos demostró que las candidatas reciben sistemáticamente menos financiación de partidos y privada que los candidatos masculinos.

Esta disparidad financiera es particularmente grave en las campañas mayoritarias, donde la visibilidad mediática y la capacidad de llegar a amplios territorios son cruciales. La Ley N.° 27.412 estableció que el financiamiento público debe respetar la proporción de género de los candidatos en las listas legislativas, pero no existe una regulación equivalente para las campañas ejecutivas.

Además de las mejoras legales, Nóbrega (2024, p. 26) afirma que fortalecer la paridad política requiere acciones coordinadas a nivel legislativo, partidario y social.

En el ámbito partidista, Carcinoni (2021, p. 404) señala que los partidos políticos tienen la responsabilidad de internalizar la paridad como principio organizativo y estratégico. Esto implica la adopción de políticas internas que promuevan el empoderamiento de las mujeres, la distribución equitativa de los recursos y el fomento de la participación de las mujeres en puestos de liderazgo dentro de los partidos. La creación de planes de objetivos y la implementación de sistemas de evaluación periódica pueden fortalecer el compromiso de los partidos con la equidad, transformando la cultura política tradicional y ampliando el espacio para la diversidad. Estos mecanismos son esenciales para que las cuotas dejen de ser un requisito formal y se conviertan en una práctica efectiva.

A su vez, la sociedad civil desempeña un papel fundamental en la movilización, el seguimiento y la promoción de cambios estructurales. Las acciones de los movimientos feministas, las organizaciones no gubernamentales y los colectivos han impulsado avances en la legislación y la cultura política, creando redes de apoyo y promoviendo campañas educativas sobre la importancia de la participación de las mujeres. La sensibilización social y la participación de la población en la defensa de la paridad son factores cruciales para mantener la agenda de género en el foco de atención y garantizar la eficacia de las políticas públicas.

El fortalecimiento de la paridad política en el Poder Ejecutivo argentino depende de una combinación de avances legislativos, compromisos partidistas y movilización social, respaldados por una sólida formación política. Este enfoque integral es la vía para superar los obstáculos históricos y culturales que limitan la presencia de las mujeres en puestos de poder. Con políticas efectivas, una supervisión rigurosa y la participación activa de las mujeres y de la sociedad, es posible construir una democracia más justa, pluralista y representativa, en la que la paridad sea una realidad efectiva y permanente.

Conclusión

El análisis desarrollado a lo largo de este trabajo muestra que la búsqueda de una paridad efectiva en la política argentina, si bien ha avanzado significativamente con la implementación de la Ley de Cupos y la Ley de Paridad, aún enfrenta numerosos desafíos estructurales, culturales e institucionales que dificultan la plena participación de las mujeres en puestos de poder. Si bien la legislación constituye un hito importante para la paridad legislativa, las estructuras de toma de decisiones siguen masculinizadas. La selección de candidatos para puestos ejecutivos se realiza en “oficinas cerradas” dominadas por el liderazgo masculino.

Entre las barreras estructurales identificadas se destacan: el sexismo arraigado en las instituciones partidarias, la violencia política de género y las dificultades para conciliar la vida pública y privada. Estos problemas, aunque no siempre son evidentes a primera vista, permean toda la trayectoria política de las mujeres, desde la candidatura hasta el ejercicio de cargos públicos. Superar estos obstáculos implica no solo cambiar las leyes, sino también promover transformaciones culturales e institucionales que creen entornos políticos inclusivos y acogedores para las mujeres, valorando sus contribuciones y reconociendo sus derechos.

Las propuestas para mejorar la Ley de Cupos presentadas en este estudio resaltan la importancia de la actualización legislativa continua, incorporando medidas que aseguren la alternancia de género en las listas, el financiamiento proporcional y una fiscalización eficiente. Paralelamente, las sugerencias de acciones legislativas, partidistas y sociales indican que el cambio cultural y organizativo dentro de los partidos, sumado a la movilización social, es esencial para transformar el panorama político. Estas medidas deben considerarse parte de una estrategia amplia que reconozca la política como un campo de disputa simbólica y material, donde la igualdad de género es una lucha constante.

En el contexto de la educación política, destaca su papel transformador en la formación de líderes femeninas y en la expansión del compromiso cívico. La educación crítica e inclusiva permite a las mujeres comprender sus derechos y desarrollar habilidades para actuar de forma autónoma y proactiva. Los programas educativos de instituciones públicas y privadas, así como las iniciativas de la sociedad civil, contribuyen al empoderamiento de las mujeres, preparando a candidatos y líderes para afrontar los retos del entorno político. Esta educación debe ser accesible e inclusiva, abarcando diferentes perfiles sociales y grupos de edad para garantizar un amplio impacto.

La movilización de las mujeres, a su vez, actúa como catalizador que potencia los efectos de la educación política. La creación y el fortalecimiento de redes de mujeres, espacios de debate y articulación política son estrategias que generan solidaridad, intercambio de experiencias y apoyo mutuo. Estas redes facilitan el acceso a recursos, visibilidad y representación, creando condiciones para que las mujeres superen el aislamiento y la resistencia que enfrentan en el ámbito político. Además, la movilización amplifica la presión social por el cambio, impulsando la aprobación e implementación de políticas de acción afirmativa y medidas para combatir la discriminación.

Además, la interacción entre la educación política y la movilización social crea un círculo virtuoso que fortalece la participación femenina. La formación continua fomenta el compromiso, lo que a su vez exige nuevas políticas e inversiones en el desarrollo de capacidades. Esta dinámica contribuye a construir una cultura política que valora la igualdad de género y reconoce a las mujeres como protagonistas legítimas de la democracia. Invertir en estas estrategias garantiza que los logros legales se traduzcan en cambios reales y duraderos en el sistema político argentino.

Por otra parte, las investigaciones futuras también podrían explorar la interseccionalidad en la participación política de las mujeres, investigando cómo factores como la raza, la clase social, la orientación sexual y la región del país influyen en el acceso de las mujeres a puestos de poder y su retención en ellos. Comprender estas múltiples dimensiones es esencial para el desarrollo de políticas públicas más inclusivas y eficaces, capaces de abordar la diversidad de las mujeres argentinas y superar las desigualdades estructurales que afectan a grupos específicos. Incorporar esta perspectiva amplía el alcance y la profundidad de los análisis sobre la paridad política, fortaleciendo la agenda de igualdad de género en Argentina.


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