La publicidad en la subrogación real del régimen de vivienda en el derecho argentino y uruguayo

  • Agustina Luján Rizzi

Resumen

La reforma del Código Civil y Comercial de la Nación vino a dar luz a un nuevo instituto en el artículo 248, planteando así a la subrogación real en el régimen de vivienda, la cual no estaba contemplada en la derogada Ley 14.394.

La entrada en vigencia del nuevo Código trajo como consecuencia que los Registros de la Propiedad de las diferentes jurisdicciones dictaran nueva normativa registral conforme a la reciente disposición nacional.

El objeto de este trabajo es demostrar la afectación del sistema de publicidad registral como consecuencia de los diferentes criterios adoptados por los registros inmobiliarios. De esta manera se obtiene que la cognoscibilidad respecto de las situaciones jurídicas existentes se ve dificultada en algunos casos y en otros es inexistente vulnerando de esta forma el derecho de los terceros interesados.

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Biografía del autor/a

Agustina Luján Rizzi

Abogada de la Universidad Nacional del Sur. Doctora en Derecho con orientación en Derecho Privado de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES). Magíster en Derecho y Contratos Internacionales por la Universidad Internacional Iberoamericana y Universidad Europea del Atlántico. Especialista en contratos agrarios del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y notaria por la Universidad Blas Pascal.

Publicado
2020-12-07
Cómo citar
Rizzi, A. (2020). La publicidad en la subrogación real del régimen de vivienda en el derecho argentino y uruguayo. Ratio Iuris. Revista De Derecho ISSN: 2347-0151, 8(2), 114-149. Recuperado a partir de https://publicacionescientificas.uces.edu.ar/index.php/ratioiurisB/article/view/1088
Sección
Artículos Originales