Daño punitivo

Propuesta legislativa para la legislación ecuatoriana

  • Mayra Alexandra Vela Cevillano, Investigadora independiente, Ecuador Investigadora independiente, Ecuador, Quito

Resumen

En este trabajo abordamos el daño punitivo en Ecuador, tomando como referencia las disposiciones normativas argentinas específicas al daño punitivo.

Nos preguntamos por qué es necesario tipificar el daño punitivo en la legislación ecuatoriana y concluimos a través de un diseño no experimental de carácter descriptivo y cualitativo que incorporar la figura jurídica del daño punitivo a la legislación ecuatoriana es absolutamente imperioso y urgente para desincentivar las prácticas abusivas que cometen los prestadores de bienes y servicios tanto públicos como privados.

Ello sin perjuicio de las apreciaciones doctrinarias a favor y en contra que merece esta figura jurídica, luego de analizar su definición, origen y comparar las disposiciones normativas entre Ecuador y Argentina, así como de presentar algunos casos afines a la cuestión en Ecuador.

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Biografía del autor/a

Mayra Alexandra Vela Cevillano, Investigadora independiente, Ecuador, Investigadora independiente, Ecuador, Quito

Abogada de la Universidad Cristiana Latinoamericana (Ecuador). Magíster en Ciencia de la Legislación por la Universidad del Salvador (Argentina). 

Publicado
2021-07-12
Cómo citar
Vela Cevillano, M. (2021). Daño punitivo. Ratio Iuris. Revista De Derecho ISSN: 2347-0151, 9(1), 111-131. Recuperado a partir de https://publicacionescientificas.uces.edu.ar/index.php/ratioiurisB/article/view/1186