La deconstrucción del daño injusto
Del límite legal al horizonte constitucional
Resumen
El artículo replantea los fundamentos del derecho de daños al cuestionar la antijuridicidad como categoría autónoma y erigir al daño injusto como eje estructurante del sistema. Mediante un método deconstructivo, expone los límites del positivismo y el agotamiento del paradigma legalista, propone una constitucionalización operativa del derecho privado en diálogo con principios y con los derechos de tercera y cuarta generación. Identifica tres fases en la evolución del daño injusto -tradicional, innovadora y creativa- y muestra el tránsito del juez desde aplicador de normas a actor constitucional encargado de expandir el horizonte de justicia. Concluye postulando una reconfiguración ontológica del sistema, capaz de superar ficciones técnicas y reconocer nuevos intereses en un contexto de riesgos colectivos y transformaciones tecnológicas.
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Citas
Arendt, H. (1974). Los orígenes del totalitarismo. Taurus.
Atienza, M. (2006). El derecho como argumentación. Ariel.
Bauman, Z. (2000). Modernidad líquida. Fondo de Cultura Económica.
Beck, U. (1998). La sociedad del riesgo. Hacia una nueva modernidad. Paidós.
Bobbio, N. (1991). El tiempo de los derechos. Sistemas.
Camus, A. (1966). Carnet II. Losada
Código Iberoamericano de Ética Judicial. (2014). Código Iberoamericano de Ética Judicial. Organización de los Estados Americanos (OEA). http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic5_mex_ane_57.pdf
Corte Suprema de Justicia de la Nación. (2009). Halabi, Ernesto c/ PEN – ley 25.873 – dto. 1563/04 (amparo), Fallos, 332, 111.
Corte Suprema de Justicia de la Nación. (2008, 8 de julio). Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza–Riachuelo), Fallos, 331, 1622.
Corte Suprema de Justicia de la Nación. (2024). Mendoza, Beatriz Silvia c/ Estado Nacional y otros (Riachuelo). SAIJ. https://www.saij.gob.ar/corte-suprema-justicia-nacion-federal-ciudad-autonoma-buenos-aires-mendoza-beatriz-silvia-estado-nacional-otros-danos-perjuicios-danos-derivados-contaminacion-ambiental-rio-matanza-riachuelo-fa24000155-2024-10-22/123456789-551-0004-2ots-eupmocsollaf
De Lorenzo, M. (2007). Sobre ficciones y mitos en el derecho privado. Revista La Ley, 2007(A), 854–864.
De Lorenzo, M. (2014). El principio de no dañar al otro. En Revista La Ley 2014-E.
Derrida, J. (2018). Fuerza de ley. El fundamento místico de la autoridad. Tecnos.
Echeverría, R. (2022). El giro de la mirada. Granica.
Menghini, V. (2025, 27 de mayo). La justicia de EE.UU. da luz verde a una demanda por daños severos provocados por inteligencia artificial. La Nación. https://www.lanacion.com.ar/economia/IA/la-justicia-de-eeuu-da-luz-verde-una-demanda-por-danos-severos-provocados-por-inteligencia-nid27052025/
Michi, F. (2024). El daño injusto: del daño injustamente causado al daño injustamente sufrido en el ordenamiento jurídico privado constitucionalizado argentino (Tesis doctoral, Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales). Repositorio Institucional UCES. https://dspace.uces.edu.ar/jspui/handle/123456789/7094
Morton, T. (2024). Hiperobjetos. Filosofía y ecología después del fin del mundo. Adriana Hidalgo.
Safranski, R. (2017). Tiempo. La dimensión temporal y el arte de vivir. Tusquets.
Shina, F. E. (2020). El impacto de las neurociencias en el consumo masivo: el ocaso de la autonomía de la voluntad. Thomson Reuters La Ley (Argentina). TR LALEY AR/DOC/1117/2020.
Sozzo, G. (2019). Derecho privado ambiental. El giro ecológico del derecho privado. Rubinzal-Culzoni.
Vigo, R. (2012). De la interpretación de la ley a la argumentación desde la Constitución. Díkaion, 21(26), 1–187.
Yousif, N. (2025, 30 de septiembre). Los padres de un adolescente que se quitó la vida demandan a OpenAI, creadora de ChatGPT. BBC Mundo. https://www.bbc.com/mundo/articles/c30z5lyjzygo
Zavala de González, M. (2011). Función preventiva de daños. Revista La Ley, 2011(E), 1116–1137.
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