La ley de defensa del consumidor y el riesgo de desarrollo
Resumen
Este trabajo tiene por objeto analizar la relación entre la Ley del Consumidor y el concepto de riesgo o actividad riesgosa a fin de conjugarla con la responsabilidad del daño causado por ésta.
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Bibliografía
Bengolea, A., y Vázquez, N. (29 de febrero de 2016). Algunas consideraciones en torno a la acción judicial tendiente a obligar a una empresa a efectuar un recall de un producto defectuoso. Diario Civil, 62. Recuperado de https://dpicuantico.com/sitio/wp-content/uploads/2016/02/Civil-Doctrina-2016-02-29.pdf
Kelly, J. (1993). Responsabilidad del fabricante por vicios del diseño. Buenos Aires, Argentina. La Ley,1993(D),1020-1025.
Lorenzetti, L. (2003). Consumidores. Santa Fe, Argentina: Rubinzal y Culzoni.
Pizarro, R. (2006). Responsabilidad civil por riesgo creado y de empresa. Recuperado de http://www.laleyonline.com.ar/maf/app/authentication/formLogin?hitguid=i973C3AAFECEB47E68F4A99329D927D9A&docguid=i973C3AAFECEB47E68F4A99329D927D9A&crumb-action=append&td=24&spos=21&searchFrom=&ao=&epos=21&context=82&savedSearch=false&redirect=%2Fmaf%2Fapp%2FdocumentVM%3Fsrc%3Dlaley%26srguid%3Di0ad82d9b0000015cd59edc0ebaf26df1%26docguid%3Di973C3AAFECEB47E68F4A99329D927D9A%26hitguid%3Di973C3AAFECEB47E68F4A99329D927D9A%26spos%3D21%26epos%3D21%26td%3D24%26ao%3D%26searchFrom%3D%26savedSearch%3Dfalse%26context%3D82%26crumb-action%3Dappend&src=laley&srguid=i0ad82d9b0000015cd59edc0ebaf26df1
Pizarro, R., y Vallespinos, C. (2012). Instituciones del derecho privado, Obligaciones. Buenos Aires, Argentina: Hammurabi.
Sagarna, F. (2006-B-301). Responsabilidad del fabricante vendedor por productos elaborados. Buenos Aires, Argentina: La Ley. Ref. AR/DOC/1010/2006.
Fuentes de información
Consumo y Derroche (13 de febrero de 1952). Mundo Peronista. 1(15), 3-x.
CNCiv., Sala A, 22/08/2012, “R, F.E. c/ BAYER SA y o. s/daños y perjuicios”. La Ley, 2012(F), 411-420.
CNCiv., Sala C, 01/07/2014, “S., M. Á. y otros c/ Repsol YPF Gas S.A. s/ daños y Perjuicios”. Recuperado de http://jurisprudencia.pjn.gov.ar/documentos/jurisp/index.jsp
CNCivil, Comercial, Minas, de Paz y Tributaria, Sala 4ta., 19/09/2014, “Madrid, Manuel c. Sánchez, Claudia y ots. s/ d. y p.”. Mendoza, Argentina. Recuperado de https://aldiaargentina.microjuris.com/2014/10/31/es-responsable-el-fabricante-por-la-intoxicacion-sufrida-por-el-actor-al-no-identificar-en-el-envase-la-composicion-quimica-del-producto-ingerido/
CNCom., 05/10/2001, "D. B. de M., C. c. Sevel Argentina S. A. y otros". Recuperado de http://www.diariojudicial.com/nota/41707
CNCom., Sala C, 27/10/2006, “Unión de usuarios y Consumidores c. OSDE Binario s. Amparo”. Recuperado de http://jurisprudencia.pjn.gov.ar/documentos/jurisp/index.jsp
Código Civil y Comercial de la Nación Argentina. Recuperado de http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000239999/235975/norma.htm
Constitución Nacional Argentina. Recuperado de http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm
Decreto 1798/94. Recuperado de http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet /anexos/10000-14999/13734/norma.htm
Defensa del Consumidor. Ley N° 26.361. Modificación de la Ley Nº 24.240. Recuperado de http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos /135000-139999/139252/norma.htm
Defensa del Consumidor. Ley Nº 24.240 y modificaciones. Recuperado de http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/04999/638/texact.hm
Excmo. Ayuntamiento de Jaen (s.f.), Discurso de JFK. 15 DE MARZO DE 1962: Consumidores somos todos. Recuperado de http://www.aytojaen.es/portal/ RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/2_13065_1.pdf
Ley N° 17.250. Ley de Relaciones de Consumo. Defensa del Consumidor. Argentina. Recuperado de https://www.impo.com.uy/bases/leyes/17250-2000
UNCTAD. Naciones Unidas (2016). Directrices para la Protección del Consumidor Directrices. Nueva York y Ginebra. UNCTAD/DITC/ CPLP/MISC/2016/1. Recuperado de http://unctad.org/es/PublicationsLibrary/ditccplpmisc 2016d1_es .pdf
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