Contrato de servicios turísticos

  • Graciela Ritto UCES
Palabras clave: Contrato de servicios turísticos – conexidad contractual – relación de consumo – responsabilidad.

Resumen

El contrato de serviciosturísticos está regulado en nuestro derecho por la ley 18.829, su decretoreglamentario, 2182/72 y el Convenio Internacional de Bruselas. Hay en el contrato conexidad contractual, por lo que se trata de negocios jurídicoscoordinados hacia un objetivo económico común y la vinculación jurídica entreel agente de viajes y el turista es una típica relación de consumo, por lo quese aplica subsidiariamente la normativa consumerista. Ello implica también quela responsabilidad se rige por el artículo 40 de la ley 24240, es objetiva y seextiende solidariamente a todos los integrantes de la cadena decomercialización.

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Biografía del autor/a

Graciela Ritto, UCES
Doctora en Derecho con Orientación en Derecho Privado (UCES) Especialista en Derecho Civil (Universidad Nacional de la Plata). Especialista en Daños (UNLZ) Especialista en contrataciones públicas (UNSAM). Profesora en Castellano, Literatura y Latín. Coordinadora de Adquisiciones con organismos multilaterales de crédito (BIRF – BID – FONPLATA, CAF) Especialista en Procedimientos administrativos. Asesora de la Ley en Derecho Administrativo. Asesora en Daños y Derecho laboral..Ex Directora de la Revista del CALZ · ExSubdirectora del Instituto de Derecho Administrativo del CALZ. Actividades Académicas de postgrado: Profesora Titular de la Asignatura “Gestión Pública” de la Escuela Superior de Prefectura Naval Universidad Nacional Marítima (2009 – 2013. Directora del Proyecto de investigación: El daño moral y la defensa del consumidor, UCES. Profesora del Doctorado en Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES), 2010 – 2013: Seminario de Daño Moral. Seminario de Contratos Civiles y Comerciales .Profesora del Doctorado en Derecho de la Facultad de Derecho de Lomas de Zamora: 2010 – 2013: Seminario de Derecho Público. Actividades académicas de grado: Profesora Titular de Derecho Administrativo Financiero – Facultad de Derecho (UAI).Profesora de Seminario de Integración I Facultad de Derecho (UAI).Profesora de Derecho Administrativo I y II Facultad de Derecho (UAI).Profesora de Derecho Administrativo I y II de la Facultad de Derecho (UNLZ) Libros publicados: El Daño moral y la legitimación activa. Editorial Universidad 2010.Coautora del Manual de Derecho Administrativo, Dirección Doctor Alberto Biglieri, La Ley, Buenos Aires, 2011.Otras publicaciones: más de 120 artículos de doctrina publicados en La Ley y en Responsabilidad Civil y Seguros.

Citas

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Publicado
2013-12-09
Cómo citar
Ritto, G. (2013). Contrato de servicios turísticos. Ratio Iuris. Revista De Derecho ISSN: 2347-0151, 1(2). Recuperado a partir de https://publicacionescientificas.uces.edu.ar/index.php/ratioiurisB/article/view/67