Actualización de Créditos Laborales y Taza de Interés. El Camino de la Corte y las Consecuencias del Fallo Barrientos
Resumen
Existe una distinción entre deudas de dinero y deudas de valor. En las primeras el dinero actúa in obligatione. En las segundas, actúa in solutione. Conforme el fallo Barrientos (CSJN) en las obligaciones de valor no se debe aplicar la tasa activa desde el incumplimiento. Porque esa tasa conlleva también la actualización monetaria. Se debe aplicar una tasa “pura”. En el presente trabajo se analizan los créditos laborales como obligaciones de valor. Por lo tanto, no se aplican las normas de las obligaciones dinerarias hasta tanto las mismas se cuantifiquen, lo que ocurre al momento de la sentencia. En consecuencia, desde el incumplimiento hasta la sentencia los créditos laborales se toman a valor histórico y deben actualizarse por el RIPTE. Luego se debe aplicar una tasa de interés (en pureza técnica es la compensación por privación de uso de ese valor) que la regula el art. 1748 CCC y no el 768 CCC. Y esa tasa pura para el caso de que la sentencia se cumpla será tendiente a cero porque la prima de riesgo por incumplimiento será cero. En caso de incumplimiento de la sentencia, será más alta esa tasa pura precisamente por elevarse la prima de riesgo. Luego de la cuantificación de la deuda al momento de la sentencia se le deben aplicar – hacia adelante- las normas de las obligaciones dinerarias, especialmente el art. 768 CCC. Y allí habrá de aplicarse alguna de las tasas dispuestas por el BCRA.
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Citas
• Acta N.º 2764/22: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. (2022, 7 de septiembre). Acta N.º 2764: Revisión de tasas de interés en créditos laborales. Buenos Aires, Argentina. Disponible en: Grupo Professional
• Acta N.º 2601/14: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. (2014). Acta N.º 2601: Disposiciones sobre tasas de interés en créditos laborales. Buenos Aires, Argentina.
• Acta N.º 2630/16: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. (2016). Acta N.º 2630: Actualización de tasas para créditos laborales. Buenos Aires, Argentina.
• Acta N.º 2658/17: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. (2017). Acta N.º 2658: Modificación de tasas de interés aplicables en sentencias laborales. Buenos Aires, Argentina.
• Acta N.º 2783/24: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. (2024). Acta N.º 2783: Aplicación de tasa CER y actualización de créditos laborales. Buenos Aires, Argentina.
• Banco Central de la República Argentina (BCRA). (n.d.). Disposición sobre tasa de interés y reglas de mora. Recuperado de https://www.bcra.gov.ar
• Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata. (2023, junio 30). G. S. L. D. C/ ENSEÑANZA INTEGRAL S.R.L. Y OT. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS, Sala Segunda. Recuperado de https://www.jus.gov.ar
• Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. (2023). Criterios de actualización y cálculo de intereses en las salas del fuero laboral. Recuperado de https://www.jus.gob.ar
• Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. (2024). Acta 2788/2024, 21 de agosto.
• Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial. (2023). Fallos sobre interpretación del art. 768 CCC en obligaciones de valor. Recuperado de https://www.jus.gob.ar
• Código Civil y Comercial de la Nación (2015). Artículos 770, 772, y 1748.
• Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC). (2015). Ley N° 26.994. Art. 1747.
• Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC). (2015). Ley N° 26.994. Art. 768.
• Código Civil y Comercial de la Nación: Código Civil y Comercial de la Nación, Ley 26.994. (2015). Código Civil y Comercial de la Nación (arts. 772 y 1740). Buenos Aires, Argentina: Editorial La Ley.
• Código Procesal Civil y Comercial (CPC), Ley N° 24.440. (2015). Art. 165.
• Código Procesal Civil y Comercial (CPCC), Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, Ley 24.432. (2021). Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (art. 165). Buenos Aires, Argentina: Editorial La Ley.
• Corte Suprema de Justicia de la Nación. (2024). Fallo "Barrientos", 13 de agosto. Nro. Interno 49054/2015. Buenos Aires, Argentina.
• Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires (SCBA). (2018, febrero 21). Martínez Emir c. Boito, Causa C. 119.088, sentencia del 21 de febrero de 2018. Recuperado de https://www.scba.gov.ar
• Doctrina, Pizarro, R., & Vallespinos, J. (2017). Tratado de obligaciones (Tomo I). Santa Fe, Argentina: Rubinzal Culzoni.
• Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). (n.d.). Índice de Precios al Consumidor (IPCNG). Recuperado de https://www.indec.gob.ar
• Jurisprudencia - Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata, Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata, Sala Segunda. (2023, junio 30). G. S. L. D. c/ Enseñanza Integral SRL y otros s/ Daños y perjuicios. Sentencia. Recuperado de http://www.camaracivilmarplatense.gob.ar
• Jurisprudencia - Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. (2018, febrero 21). Martínez Emir c. Boito (Causa C. 119.088). Sentencia. Recuperado de http://www.scba.gov.ar
• Loustaunau, D. (2015). Las conclusiones sobre la obligación de valor y su relación con el nominalismo. XXV Jornadas Nacionales de Derecho Civil. Recuperado de https://jndcbahiablanca2015.com/wp-content/uploads/2015/10/CONCLUSIONES-02.pdf
• Moisset de Espanés, J. (1972). Conferencia pronunciada en la ciudad de Río Cuarto el 8 de septiembre de 1972, en las Terceras Jornadas de Actualización Jurídica.
• Pizarro, V., & Vallespinos, E. (2017). Tratado de obligaciones (Tomo I, p. 461-462, nota al pie 179). Rubinzal Culzoni.
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